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Los Derechos del Pueblo: Libertad individual y la Carta de
Derechos
C A P Í T U L O
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La libertad religiosa en la era
moderna
La libertad de conciencia individual protegida por la Primera Enmienda
incluye el derecho de elegir cualquier creencia religiosa o ninguna en
absoluto.... Las creencias religiosas dignas de respeto son fruto de la
elección libre y voluntaria de los fieles. |
Después de la Guerra Civil, Estados Unidos
sufrió cambios económicos, sociales y demográficos
significativos que trajeron consigo nuevos problemas en términos de
libertad religiosa. Con la aprobación de la Decimocuarta Enmienda
en 1868, las restricciones de la Primera Enmienda se empezaron a aplicar
también, poco a poco, a los estados. Surgieron nuevas interrogantes
en torno a la libertad religiosa que tal vez le habrían parecido
incomprensibles a la generación de los Fundadores. Como lo dijo hace
mucho tiempo Alexis de Tocqueville, en los Estados Unidos casi todas las
cuestiones importantes se convierten a la postre en asuntos judiciales. A
partir de las postrimerías del siglo XIX, y en forma más
acelerada en el XX, los tribunales tuvieron que resolver difíciles
cuestiones en relación con el significado de las dos
"cláusulas sobre religión" de la Decimocuarta Enmienda.
Durante la mayor parte de los primeros 150 años siguientes a la
adopción de la Carta de Derechos, el Congreso
obedeció los mandatos de la Primera Enmienda; por eso hubo muy pocos
casos acerca de la Cláusula de Establecimiento (de una
religión) y éstos fueron de poco valor como precedentes.
Después, en 1947, la Corte Suprema dictaminó que las dos
cláusulas sobre religión eran aplicables a los estados. El
juez Hugo L. Black, en su resolución mayoritaria en Everson vs.
Junta de Educación, hizo una larga exposición del
desarrollo histórico de la libertad religiosa en los Estados
Unidos. |
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Juez Hugo L. Black en Everson vs. Junta de
Educación (1947)
La
Cláusula de "Establecimiento" de la Primera Enmienda significa por lo
menos lo siguiente: ni los estados ni el gobierno federal pueden establecer
una Iglesia. Tampoco pueden aprobar leyes que favorezcan a una
religión o a todas ellas, ni preferir una religión sobre otra.
No pueden forzar a una persona o influir en ella para que asista o deje de
concurrir a un culto contra su voluntad, ni la podrán forzar a creer
o no creer en una religión cualquiera. A nadie se debe castigar por
tener o profesar creencias religiosas o ser incrédulo, por ir al
templo o por no ir a él. No se puede imponer ningún tributo
por cantidad alguna, grande o pequeña, para patrocinar alguna
actividad o institución religiosa, como quiera que ésta se
llame o cualquiera que sea la forma que adopte para enseñar o
practicar su credo. Ni los estados ni el gobierno federal deben participar,
abiertamente o en secreto, en los asuntos de ninguna organización o
grupo religioso, y viceversa. Según las palabras de [Thomas] Jefferson, la Cláusula de Establecimiento por
medio de la ley tuvo el propósito de crear "una muralla de
separación entre la Iglesia y el Estado". |
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En este párrafo encontramos el razonamiento
fundamental que sirve de base a casi todos los casos religiosos juzgados por
la Corte Suprema en los últimos 50 años, ya
sea que impliquen la Cláusula de Establecimiento (que prohíbe
al gobierno promover una función religiosa) o la Cláusula de
Libertad de Culto (que prohíbe que el gobierno impida a un individuo
participar en una práctica religiosa). Y con ese fallo,
Everson puso en marcha uno de los debates de política
pública más contenciosos de nuestra época, es decir:
¿cuáles son los límites que la Cláusula de
Establecimiento impone a los actos del gobierno, no sólo en
relación con la ayuda económica para programas, sino respecto
a la observancia religiosa en el sector público?
Para citar sólo un ejemplo, un rito en particular marcó
durante muchos años el inicio de cada uno de los días de
escuela en todo el país. Los maestros de las escuelas públicas
dirigían a sus alumnos para pronunciar el Juramento de Lealtad, luego
una pequeña oración, el canto de "América" o "El
pendón tachonado de estrellas", y tal vez la lectura de algún
pasaje de la Biblia. La elección del rito variaba según la ley
estatal, la costumbre local y las preferencias de cada maestro o director.
La mayoría de los estadounidenses no veían nada malo en esa
práctica tan difundida, que formaba parte de la tradición
histórica de su país y era un importante recurso cultural de
lo que el juez William O. Douglas describió en un escrito como "un
pueblo religioso cuyas instituciones presuponen la existencia de un Ser
Supremo". En Nueva York, el estado preparó una oración "sin
denominación religiosa" para usarse en las escuelas públicas,
pero un grupo de padres de familia impugnaron el edicto como "contrario a
las creencias, religiones o prácticas religiosas de ellos mismos y de
sus hijos". Ya en la década de 1960, por la creciente diversidad
cultural y religiosa de los Estados Unidos, mucha gente se empezó a
sentir incómoda con la práctica de obligar a los niños
a orar sin tomar en cuenta sus creencias religiosas (o las de sus
padres).
Un grupo de padres fue a los tribunales y, a la postre, la Corte Suprema
de los Estados Unidos falló a su favor en un caso titulado Engel
vs. Vitale. En su veredicto, el juez Hugo L. Black (quien fue instructor
de la escuela dominical protestante por más de 20 años) dijo
que toda la idea de hacer oración por orden del Estado, no importa
que ésta sea neutral desde el punto de vista religioso, es "del todo
inconsistente con la Cláusula de Establecimiento". Como quiera que
se la defina, la oración constituye una actividad religiosa y la
Primera Enmienda debe significar, por lo menos, que al gobierno no le
compete componer oraciones oficiales para que un sector del pueblo
estadounidense las recite como parte de un programa religioso gubernamental
[a través del sistema de escuelas públicas]". Black
explicó a continuación lo que, a su juicio, era la
filosofía detrás de la Cláusula de
Establecimiento: |
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Juez Hugo L. Black en Engel vs. Vitale
(1962)
Cuando
el poder, el prestigio y el apoyo financiero del gobierno está al
servicio de un credo religioso en particular, es evidente la presión
coercitiva indirecta que ejerce sobre las minorías religiosas para
que se adapten a la religión prevaleciente, oficialmente aprobada.
Pero el propósito que subyace en la Causa de Establecimiento va mucho
más lejos. [Su] finalidad más inmediata se apoya en la
creencia de que la unión del gobierno y la religión tiende a
destruir al gobierno y degrada la religión. [Otro] propósito
[se apoyó en] el conocimiento del hecho histórico de que las
religiones establecidas por el gobierno y las persecuciones religiosas van
de la mano. |
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A juicio
de Black, el contenido de la oración, sus palabras textuales o el
hecho de que su carácter no confesional la hiciera presuntamente
neutral en el aspecto religioso, no tenían relevancia alguna para el
caso. La naturaleza de la oración es religiosa en sí misma y,
al promoverla, el Estado viola la Cláusula de Establecimiento pues
alienta una actividad religiosa que él mismo determina y patrocina.
La Corte no halló evidencias de coerción: ningún
niño había sido forzado a orar; y tampoco descubrió que
la oración fomentara los intereses de una denominación en
particular. La violación a la Primera Enmienda la constituyó
el hecho mismo de que el Estado promoviera prácticas religiosas en
las escuelas públicas.
La decisión del caso Engel desató una tempestad de
críticas contra la Corte que, aunque de vez en cuando ha amainado,
nunca se ha extinguido. En opinión de muchos, la Corte había
atacado una práctica tradicional que cumplía importantes
propósitos sociales, a pesar de que a veces mortificaba a gente no
conformista o excéntrica. Un periódico publicó en sus
titulares: "LA CORTE PROSCRIBE A DIOS". El evangelista protestante Billy
Graham exclamó: "¡Dios tenga piedad de nuestro país
ahora que ya no lo podemos invocar para pedir su ayuda!"; y el cardenal
Francis Spellman de Nueva York denostó el veredicto diciendo que
incidía "en el propio corazón de la tradición piadosa
en la que han sido formados los hijos de Norteamérica desde hace
tanto tiempo".
La Corte tuvo también sus defensores. Muchos grupos religiosos
vieron la decisión como una acción significativa para
establecer un divorcio entre la religión y el ritual público
sin sentido, y para proteger la práctica sincera del mismo. El
Consejo Nacional de Iglesias, una coalición de denominaciones
liberales y ortodoxas, elogió la decisión de Engel para
proteger los derechos de las minorías. El presidente John F. Kennedy,
que había sido blanco de perversos prejuicios religiosos en la
campaña de 1960 (de muchos de los mismos grupos que ahora atacaban a
la Corte), instó a respaldar la decisión y dijo en una
conferencia de prensa:
En este caso tenemos un remedio muy sencillo que consiste en orar
nosotros mismos. Además, pienso que eso sería un oportuno
recordatorio para todas las familias estadounidenses, de que podemos rezar
mucho más en el hogar, podemos acudir a nuestros templos con mucho
mayor fidelidad y podemos hacer que el verdadero significado de la
oración cobre mucha más importancia en la vida de todos
nuestros hijos.
El enfoque del Presidente, apegado al sentido común, supo captar
la intención de la Corte en el caso Engel. La mayoría
no se oponía ni a la oración ni a la religión, pero
consideraba que los Forjadores se esforzaron mucho para proteger las
libertades individuales en la Carta de Derechos. Para garantizar la libertad
religiosa del individuo, el Estado no puede imponer requisitos religiosos de
ningún tipo, ni siquiera una oración supuestamente "neutral".
En cuanto el poder y el prestigio del gobierno se ponen al servicio de
cualquier creencia o práctica religiosa, afirmó el juez Black,
"es evidente la presión inherentemente coercitiva sobre las
minorías religiosas para que se adapten a la religión
prevaleciente aprobada en forma oficial".
Al año siguiente, la Corte dictó su veredicto en
Abington vs. Schempp. Una ley de Pennsylvania disponía que
"por lo menos 10 versos de la Sagrada Biblia sean leídos, sin
comentario alguno, en todas las escuelas públicas al inicio de cada
día de labores. Cualquier niño podrá ser eximido de esa
lectura bíblica, o de presentarse a la misma, mediante una
petición escrita de su padre o tutor". Además, los estudiantes
tenían que recitar al unísono el Padre Nuestro. En esta
ocasión el juez Tom Clark, a quien se solía ver como
conservador, habló a nombre de la mayoría para que se
suprimiera el requisito de la lectura bíblica. La neutralidad exigida
por la Constitución, explicó, provino de las amargas
enseñanzas de la historia, la cual reconoció que la
fusión de la Iglesia y el Estado conduce de modo inexorable a la
persecución de todos los que no se apegan a la ortodoxia oficial.
En los Estados Unidos, los derechos están asentados en la
Constitución, pero los define la Corte Suprema que la propia
Constitución ha establecido para que provea una interpretación
viable y definitiva de la ley. Para el dictamen constitucional, es
irrelevante en gran medida el hecho de que la mayoría de los
ciudadanos --tal vez incluso la gran mayoría-- pueda no sentirse
ofendida a causa de la oración o la lectura de la Biblia en las
escuelas. El propósito de la Carta de Derechos no es proteger a la
mayoría, sino a la minoría. Como dijo el juez Oliver Wendell
Holmes, Jr. en una ocasión, la libertad de expresión no es
sólo para las ideas con las que estamos de acuerdo, sino
también para las que nos resultan detestables. Por supuesto, la
libertad religiosa, como la libertad de expresión, protege a la
mayoría. Sin embargo, la protección de la Cláusula de
Establecimiento de la Primera Enmienda se invoca en forma significativa
cuando la mayoría trata de usar el poder del Estado para obligar a
todos a aceptar una práctica religiosa. Muy a menudo, para proteger a
un disidente o un incrédulo puede ser necesario incomodar a la
mayoría; tal es el precio que los Padres Fundadores se declararon
dispuestos a pagar por la libertad religiosa.
Esa es una opinión que muchos norteamericanos comparten
todavía, junto con la creencia de que esa protección de la
conciencia individual también es útil para la religión.
En un caso moderno, el juez John Paul Stevens escribió que "la
libertad de conciencia individual protegida por la Primera Enmienda incluye
el derecho de elegir cualquier creencia religiosa o ninguna en absoluto....
Las creencias religiosas dignas de respeto son fruto de la elección
libre y voluntaria de los fieles".
Aun cuando esta opinión no es aceptada por todos los
estadounidenses, la mayoría reconoce que, en una sociedad tan
heterogénea como la de su país al inicio del siglo XXI, los
que no aceptan las normas de la mayoría pueden ser descritos, como lo
escribió la juez Sandra Day O'Connor, "extraños, no miembros
cabales de la comunidad política". Esa es una situación que
los Forjadores de la Primera Enmienda, los miembros de la Corte y la
mayoría de los estadounidenses están decididos a evitar. En
una sociedad libre, los disidentes religiosos no deben ser tan sólo
tolerados, ni se debe hacer que se sientan como miembros inferiores de la
misma; sus diferencias deben ser apreciadas como parte del mosaico de
culturas que hace de los Estados Unidos un país tan único.
A pesar de que algunos grupos religiosos no han dejado de oponerse a las
decisiones de los casos Engel y Schempp, muchos de los
órganos religiosos predominantes han llegado a comprender que, en
realidad, la Corte favoreció la religión en lugar de
subvertirla. "Memoria y reconvención", escrito por James Madison hace
más de 200 años, expresa la creencia de que no sólo el
antagonismo del Estado, sino también su intento de ayudar pueden ser
nocivos para la religión y para la libertad religiosa. Sus
descendientes intelectuales han razonado en forma similar y creen que el
Estado nunca puede ayudar a la religión, pues sólo la
perjudica. Instituir en las escuelas cualquier forma de actividad religiosa
sancionada por el Estado amenaza con generar la hostilidad de algunas
denominaciones. Más aún, el creyente sincero no necesita que
el Estado haga nada en su favor, salvo que lo deje en paz; la gente que
tiene confianza en su fe no necesita la ayuda del César para dar a
Dios lo que es de Dios.
También hay creyentes sinceros que, aunque admiten que las
creencias son un asunto individual, conciben la religión como un
aspecto integral de la vida cívica estadounidense. No tratan de
establecer una religión oficial, pero desean un acomodo que permita
brindar ayuda estatal a las organizaciones religiosas afiliadas,
siempre que esto se haga con toda equidad, sin dar preferencia a
ningún grupo en particular. La Corte Suprema ha contendido con ese
problema por más de 50 años, a propósito de la ayuda
estatal para organizaciones de caridad, y sus decisiones han estado muy
lejos de ser consistentes. Aunque está decidido que no se les puede
dar dinero para proselitismo religioso, la mayoría de las iglesias y
sinagogas tienen diversos programas de servicio social y educación
cuya pérdida implicaría grandes presiones sobre los sistemas
públicos. Para ayudar a algunos de esos programas, la Corte ha
definido excepciones a la regla general de no dar ayuda estatal, y en junio
de 2002 dio lo que muchos juzgaron como un paso importante hacia la
posición partidaria del acomodo.
Los jueces aprobaron por estrecho margen la emisión de
certificados del estado que las familias con hijos en edad escolar pueden
usar para pagar los estudios de éstos en escuelas privadas, aunque
sean instituciones de tipo confesional. Esta decisión eliminó
un importante obstáculo legal que encaraban los partidarios de los
certificados, pero la decisión final sobre la adopción de un
plan completo de este tipo la tendrán que tomar las legislaturas de
los 50 estados. El debate ya no será por la constitucionalidad del
plan, sino se basará en los deseos políticos de la
ciudadanía, cuya mayoría se opone a esos certificados, si se
juzga por las encuestas. La forma en que esta cuestión se desenvuelva
en el próximo decenio revelará mucho sobre la naturaleza de
las relaciones de la Iglesia y el Estado en los Estados Unidos.
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En la Primera Enmienda hay dos cláusulas sobre religión.
La Cláusula de Establecimiento (de una religión nacional)
prohíbe que el gobierno trate de imponer una práctica
religiosa uniforme, aun cuando lo haga en nombre de la mayoría. La
Cláusula de Libertad de Culto fue creada con el fin específico
de proteger a las sectas disidentes contra un gobierno sometido al control
de las religiones predominantes. La utilidad de proteger a las
minorías será aún más evidente al inicio del
siglo XXI, a medida que Estados Unidos se convierte en el país
democrático más pluralista de la historia.
Los Forjadores desearon proteger no sólo al gobierno ante la
religión, sino también a la religión frente al
gobierno. James Madison luchó por impedir que se estableciera una
religión dominante y también pugnó por que el gobierno
se mantuviera al margen de cualquier controversia religiosa. Los Forjadores
tenían experiencia y conocimiento del grado en que el gobierno en
manos de la religión puede ser un arma muy potente y no
querían que algo así llegara a pasar. También en este
caso se presenta el problema de cómo reconciliar un gobierno
totalmente neutral en cuestiones religiosas con el vigoroso papel que la
religión ha desempeñado en la vida cívica del
país. Para muchos estadounidenses, la religión es muy
importante como parte de la cultura cívica, y es muy poco realista
fingir que el gobierno está totalmente desvinculado de ella.
La Cláusula de Libertad de Culto es un medio para proteger las
distintas fuentes de significación religiosa y asegurar una
ciudadanía plena e igualitaria para los creyentes --y los no
creyentes-- de toda índole. En otras palabras, ayuda a fomentar el
pluralismo y al hacerlo permite que cada persona y cada grupo desarrolle a
plenitud sus ideas y creencias. Aunque se tiende a pensar que las colonias
fueron fundadas por gente de las islas británicas, la verdad es que
ya en 1776 habían llegado inmigrantes de Escandinavia, Europa
occidental y central y, por supuesto, de África a través del
comercio de esclavos. A pesar de que el nuevo país no era ni
remotamente tan pluralista como lo llegaría a ser después,
Estados Unidos ya era entonces una variada mezcla de nacionalidades y
religiones, en comparación con Inglaterra y otras naciones europeas
de la época. Muchos académicos siguen creyendo que la
fecundación intelectual cruzada necesaria para mantener una sociedad
vibrante y democrática sólo es posible si uno de los aspectos
más esenciales en la vida de toda persona --su fe religiosa-- no
llega a ser tocada por la mano del gobierno.
A veces los grupos religiosos han sido impopulares, pero pese a ello
persistieron y, a la postre, casi todos entendieron que la libertad
religiosa consiste en que hasta los grupos despreciados cuenten con un
margen de tolerancia para que puedan adorar a Dios de acuerdo a los dictados
de su conciencia. A veces, las demandas de la mayoría no
pudieron prevalecer por causas de orden moral; por ejemplo, la
oposición a la poligamia dio lugar a una de las primeras y más
significativas resoluciones sobre el significado de la libertad de
culto.
Los mormones, o la Iglesia de los Santos de los Últimos
Días, surgieron a principios del siglo XIX en los Estados Unidos y su
entusiasmo por los matrimonios múltiples fue ofensivo para muchos
grupos de cristianos. Obligados a emigrar al oeste hasta la frontera, los
mormones establecieron un asentamiento próspero en lo que hoy es el
estado de Utah. A la postre, la colonia creció y logró llenar
los requisitos para ser admitida como un estado de la Unión; sin
embargo, esto nunca habría sido posible si los mormones hubieran
seguido aferrados a la poligamia. La ley federal definió esa
práctica como un delito y los mormones acudieron a la Corte Suprema
aduciendo que, para el libre ejercicio de su religión, era preciso
que el gobierno tolerara la poligamia.
Resultaba claro que la Corte no estaba dispuesta a otorgar el sello de la
aprobación constitucional a una práctica condenada por
más del 95% del país. Por otra parte, la Constitución
parecía otorgar una protección inequívoca al ejercicio
de la religión. El presidente de la Corte Suprema, Morrison Waite,
resolvió con ingenio el problema de un modo que aún hoy
influye en todos los casos de libre ejercicio religioso: estableció
una clara distinción entre la creencia y la práctica de la
religión. Waite citó a Thomas Jefferson al decir que "la
religión es un asunto que sólo compete a cada hombre y a su
Dios;... los poderes legislativos del gobierno pueden decidir
únicamente sobre los actos, no sobre las opiniones". De acuerdo con
este razonamiento, la Corte sostuvo que "el Congreso fue privado de todo
poder legislativo sobre las simples opiniones, pero se le dejó en
libertad ocuparse de los actos que fueran violatorios de los deberes
sociales o subversivos con respecto al buen orden". De acuerdo a la Corte,
estaba claro que la poligamia subvertía el buen orden y que, por lo
tanto, el Congreso podía definir esa práctica como un
delito. |
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Jefe
de la Corte Suprema Morrison R. Waite en Reynolds vs. Estados
Unidos (1879)
El
Congreso no puede aprobar ley alguna para el gobierno de los Territorios por
la cual se prohíba el libre ejercicio de la religión. La
Primera Enmienda a la Constitución proscribe expresamente ese tipo de
legislación. La libertad religiosa está garantizada en toda la
extensión de los Estados Unidos, en lo que se refiere a las
intromisiones del Congreso. Lo que aún queda por averiguar es si la
ley que hoy se somete a consideración está incluida en esta
prohibición....
Las leyes están hechas para reglamentar los actos y aunque no
pueden interferir con las simples creencias o con las opiniones religiosas,
sí lo pueden hacer con las prácticas correspondientes.
Supongamos que alguien crea que los sacrificios humanos son un aspecto
básico del culto religioso. ¿Se podría decir con
seriedad en ese caso que el gobierno civil bajo el cual vive no debe
intervenir para impedir esos sacrificios? O si una viuda tuviera la creencia
religiosa de que su deber era incinerarse sobre la pira funeraria de su
esposo, ¿estaría fuera del poder del gobierno civil la
posibilidad de impedir que ella pusiera en práctica tal creencia?
Por eso aquí, como una ley de la organización de la
sociedad bajo el dominio exclusivo de los Estados Unidos, se dispone que los
matrimonios plurales no serán autorizados. ¿Se puede permitir
que un hombre incurra en prácticas contrarias a esto porque
así lo ordenan sus creencias religiosas? Permitir tal cosa
sería hacer que las doctrinas profesadas de una creencia religiosa se
impusieran sobre la ley de la nación y, de hecho, permitir que cada
ciudadano se pudiera considerar a sí mismo como la ley. En esas
circunstancias el gobierno ya sólo tendría una existencia
nominal. |
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Es interesante
observar que éste fue uno de los pocos casos en los que la Corte
Suprema emitió un fallo contra las demandas presentadas por un grupo
definido e individual, en materia del libre ejercicio de la religión,
pero lo hizo porque la práctica en cuestión --la poligamia--
fue considerada como una amenaza para la sociedad civil. Sin embargo, la
diferencia entre acción y fe creó el importante principio
constitucional de que la fe, en sí misma y por sí misma, no
puede ser ni atacada ni proscrita.
Es indudable que uno los casos más famosos de la libertad de culto
fue el de los Testigos de Jehová cuando se negaron a rendir honores a
la bandera nacional. Aun cuando los Testigos eran sólo una de las
muchas pequeñas sectas religiosas de los Estados Unidos, sus miembros
entendieron el significado básico de la Cláusula de Libertad
de Culto y en sus reiteradas visitas a la Corte Suprema ayudaron a hacer de
ese ideal una realidad.
Los Testigos eran y siguen siendo una secta proselitista y sus
campañas para atraer conversos y distribuir su literatura los ha
puesto a menudo en conflicto con las autoridades locales. Su notoriedad fue
enorme en vísperas de la Segunda Guerra Mundial cuando, obedeciendo a
su creencia de que hacer el saludo a una bandera era una violación al
mandato bíblico de no rendir culto a las imágenes, dieron
instrucciones a sus hijos para que no participaran en la ceremonia matinal
de rendir honores a la bandera de los Estados Unidos. A causa de su
adhesión a sus creencias cuando la guerra se aproximaba, los Testigos
fueron objeto de multas y audiencias penales y muchos de sus hijos fueron
expulsados de la escuela. Estas son las palabras de Lillian
Gobitas: |
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Lillian Gobitas
Me
gustó ir a la escuela y estuve en un buen grupo. Se puede decir que
fui popular. Fui presidenta de la clase en el séptimo grado y obtuve
buenas notas académicas. Y sentí, ¡ay!, que si no
hacía el saludo a la bandera echaría a perder todo esto. Y me
arriesgué. Así fue sin duda alguna. La verdad es que
sentí miedo de que cuando la maestra mirara hacia mí, yo de
inmediato levantara la mano para hacer el saludo y moviera los labios.
Mi hermano William estaba en quinto grado en esa época del
otoño de 1935. Al día siguiente, Bill llegó a casa y
dijo: "Yo ya no saludo a la bandera". Entonces supe que había llegado
el momento. No fue algo a lo cual nos obligaran nuestros padres. Ellos eran
muy firmes al insistir en que todos nuestros actos los hiciéramos por
nuestra propia decisión y entendiéramos por qué hacemos
las cosas. Leí y consulté mucho la Biblia y en verdad
tomé mi propia decisión.
Primero fui a hablar con mi maestra, la señorita Anna Shofstal,
para no acobardarme más tarde. Ella escuchó mi
explicación y, para mi sorpresa, sólo me abrazó y dijo
que le parecía muy bien que fuera tan valiente. Pero con los alumnos
fue terrible. Debí haber dado una explicación para toda la
clase, pero tuve miedo. No sabía si lo correcto era ponerme de pie o
sentarme. En esos días comprendimos que el saludo consiste en ciertos
movimientos y palabras. Por eso, cuando me quedaba sentada, todo el
salón se indignaba. A partir de eso, cada vez que iba a la escuela,
me arrojaban una lluvia de guijarros y me gritaban cosas como:
"¡Aquí viene Jehová!". Todos se burlaban de
mí....
Han pasado más de 50 años desde que asumí mi propia
posición frente al saludo a la bandera, pero hoy lo volvería a
hacer igual sin titubear y sin reservas. Los Testigos de Jehová
sólo tratamos de apegarnos a las Escrituras, y Jesús dijo:
"Ellos me persiguieron y también te perseguirán a ti".... Ese
caso influyó mucho en nuestras vidas y hemos transmitido sus
enseñanzas a nuestros hijos.
Reproducido con autorización de The Free Press,
una División de Simon & Schuster Adult Publishing Group, tomado
de THE COURAGE OF THEIR CONVICTIONS por Peter Irons. Copyright © 1988 por Peter Irons. |
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La Corte Suprema accedió a
oír el caso en 1939 y el valor de fomentar el patriotismo
parecía ser una función muy importante de las escuelas
públicas en una época en que casi todos auguraban que los
Estados Unidos tendrían que intervenir en la Segunda Guerra Mundial.
El juez Felix Frankfurter era judío y se sintió dividido entre
su adhesión a la libertad religiosa para todos los grupos y su
creencia de que, de acuerdo a la Constitución, las
escuelas tenían derecho de exigir que los estudiantes rindieran
homenaje a la bandera. Entonces escribió a un colega de la Corte lo
siguiente: "Desde que llegué a esta Corte, nada ha pesado tanto sobre
mi conciencia como este caso. Todas mis tendencias y predisposiciones
están a favor de dar el mayor espacio de maniobra a todas las formas
de opinión religiosa, política y económica... pero esta
cuestión entra en un ámbito donde el poder constitucional
está en uno de los lados y mis ideas personales de libertad,
tolerancia y buen sentido, en el otro". Ocho de los nueve miembros de la
Corte votaron a favor del distrito escolar.
Pronto fue evidente que los Testigos estaban indefensos. A raíz de
la decisión adversa, centenares de Testigos de Jehová fueron
agredidos, sobre todo en los pueblos pequeños y en áreas
rurales. Hacia el final de los años 40, más de 1.500 de ellos
habían sido agredidos, muchos de ellos en forma brutal, en más
de 350 incidentes, y esta pauta continuó durante dos años por
lo menos. Aquel no fue uno de los mejores momentos de la nación, pero
sí una experiencia de aprendizaje. Al mismo tiempo que los
estadounidenses se enteraron de los ataques a los Testigos, recibieron
también la noticia de que Hitler asesinaba en masa a minorías
indefensas en Europa y aplicaba una "solución final" con la cual
liquidaría a seis millones de hombres, mujeres y niños sin
más motivo que sus creencias religiosas. La Corte Suprema
accedió a juzgar otro caso sobre el tema de los honores a la bandera
y en esta ocasión un nuevo miembro del tribunal, el juez Robert H.
Jackson, que más tarde sería el fiscal estadounidense en los
juicios de Nuremberg, dio su apoyo a los Testigos de Jehová en su
derecho de ser diferentes e hizo valer los límites que la
Constitución impone a las acciones del gobierno. |
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Juez Robert H. Jackson en Junta de Educación de
Virginia Occidental vs. Barnette (1943)
El propósito mismo de hacer una Carta de Derechos fue colocar
ciertos temas al margen de las vicisitudes de la controversia
política, ponerlos fuera del alcance de las mayorías y de los
funcionarios, y establecerlos como principios legales que deben ser
aplicados por los tribunales. El derecho a la vida, la libertad y la
propiedad, a la libertad de expresión, la libertad de prensa, la
libertad de culto y de reunión, y a otros derechos fundamentales, no
puede ser sometido a votación pues no depende del resultado de una
elección.
El caso no fue difícil porque los principios de ese veredicto
fueran oscuros, sino porque la bandera en cuestión era la nuestra.
Sin embargo, aplicamos las limitaciones que impone la Constitución
sin temor alguno de que la libertad de ser diferentes, o aun opuestos, en lo
intelectual y lo espiritual vaya a desintegrar la organización
social. Creer que el patriotismo no florecerá si las ceremonias
patrióticas son voluntarias y espontáneas, no una rutina
obligatoria, es tener una opinión muy poco favorable del atractivo de
nuestras instituciones para una mente libre. Para tener el individualismo
intelectual y la rica diversidad cultural que nos aportan las mentes
excepcionales, hay que pagar el precio de tolerar a veces actitudes
excéntricas y anormales. Cuando se trata de casos tan inofensivos
para los demás y para el Estado como éstos, ese precio no es
demasiado alto. Pero la libertad de disentir no sólo se refiere a las
cosas que no nos importan mucho. La prueba de su eficacia es el derecho a
disentir en asuntos que inciden en el corazón mismo del orden
existente.
Si hay alguna estrella fija en nuestra constelación
constitucional, es que ningún funcionario, alto o modesto, puede
dictar lo que debe ser la ortodoxia en la política, el nacionalismo,
la religión u otras cuestiones de opinión, ni obligar a los
ciudadanos a profesar, con palabras o con hechos, su fe en dicha ortodoxia.
No podemos concebir ahora circunstancia alguna que justifique hacer una
excepción a este principio. |
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Ha
habido muchos otros casos después de los fallos sobre la ceremonia
del saludo a la bandera, pero todos se han apoyado en la elocuente idea de
la "estrella fija" del juez Jackson, según la cual ningún
funcionario del gobierno puede dictar qué es lo ortodoxo. No todas
las decisiones han sido favorables a las sectas disidentes, pero el concepto
de que el gobierno no puede castigar las ideas sigue siendo tan cierto hoy
como hace medio siglo o en la época en que fue fundada la
nación.
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La religión sigue desempeñando un papel importante en la
vida cívica e individual de los ciudadanos de los Estados Unidos.
Algunos creen que debería tener un papel más importante en los
asuntos públicos de la nación, pero otros piensan lo
contrario. Legos, académicos, legisladores y juristas siguen
debatiendo dónde se debe trazar la línea divisoria entre las
actividades de la Iglesia y las del Estado, y qué tan lejos pueden
llegar los grupos disidentes en aras de sus creencias religiosas. Este
debate está en el centro mismo del proceso democrático. No
siempre conduce a un consenso y está claro que no todos pueden ganar
todos los debates. Pero la sinceridad y el entusiasmo que los
estadounidenses infunden a esta polémica, o cuando discuten los
límites de la libertad de expresión, es lo que infunde mayor
fuerza a la libertad constitucional. La libertad religiosa no es un ideal
abstracto para los estadounidenses, sino una libertad vibrante cuyos
desafíos están dispuestos a confrontar todos los días
de su vida.
Lecturas complementarias:
Gregg Ivers, Redefining the First Freedom: The Supreme Court and the
Consolidation of State Power (New Brunswick: Transaction Books,
1993).
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Capítulo 3: La libertad
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