LOS DERECHOS DEL PUEBLO
Prefacio
Introducción
Capítulo 1
Las raíces de la libertad religiosa
Capítulo 2
La libertad religiosa en la era moderna
Capítulo 3
La libertad de expresión
Capítulo 4
La libertad de prensa
Capítulo 5
El derecho de portar armas
Capítulo 6
Privacidad
Capítulo 7
El juicio por jurado
Capítulo 8
Los derechos del acusado
Capítulo 9
Los derechos de propiedad
Capítulo 10
El castigo cruel o inusual
Capítulo 11
Igual protección de la ley
Capítulo 12
El derecho de voto
 
Los Derechos del Pueblo:
Libertad individual y la Carta de Derechos

—  C  A  P  Í  T  U  L  O     2  —
La libertad religiosa en la
era moderna


La libertad de conciencia individual protegida por la Primera Enmienda incluye el derecho de elegir cualquier creencia religiosa o ninguna en absoluto.... Las creencias religiosas dignas de respeto son fruto de la elección libre y voluntaria de los fieles.

Después de la Guerra Civil, Estados Unidos sufrió cambios económicos, sociales y demográficos significativos que trajeron consigo nuevos problemas en términos de libertad religiosa. Con la aprobación de la Decimocuarta Enmienda en 1868, las restricciones de la Primera Enmienda se empezaron a aplicar también, poco a poco, a los estados. Surgieron nuevas interrogantes en torno a la libertad religiosa que tal vez le habrían parecido incomprensibles a la generación de los Fundadores. Como lo dijo hace mucho tiempo Alexis de Tocqueville, en los Estados Unidos casi todas las cuestiones importantes se convierten a la postre en asuntos judiciales. A partir de las postrimerías del siglo XIX, y en forma más acelerada en el XX, los tribunales tuvieron que resolver difíciles cuestiones en relación con el significado de las dos "cláusulas sobre religión" de la Decimocuarta Enmienda.

Durante la mayor parte de los primeros 150 años siguientes a la adopción de la Carta de Derechos, el Congreso obedeció los mandatos de la Primera Enmienda; por eso hubo muy pocos casos acerca de la Cláusula de Establecimiento (de una religión) y éstos fueron de poco valor como precedentes. Después, en 1947, la Corte Suprema dictaminó que las dos cláusulas sobre religión eran aplicables a los estados. El juez Hugo L. Black, en su resolución mayoritaria en Everson vs. Junta de Educación, hizo una larga exposición del desarrollo histórico de la libertad religiosa en los Estados Unidos.

 
Juez Hugo L. Black en Everson vs. Junta de Educación (1947)

La Cláusula de "Establecimiento" de la Primera Enmienda significa por lo menos lo siguiente: ni los estados ni el gobierno federal pueden establecer una Iglesia. Tampoco pueden aprobar leyes que favorezcan a una religión o a todas ellas, ni preferir una religión sobre otra. No pueden forzar a una persona o influir en ella para que asista o deje de concurrir a un culto contra su voluntad, ni la podrán forzar a creer o no creer en una religión cualquiera. A nadie se debe castigar por tener o profesar creencias religiosas o ser incrédulo, por ir al templo o por no ir a él. No se puede imponer ningún tributo por cantidad alguna, grande o pequeña, para patrocinar alguna actividad o institución religiosa, como quiera que ésta se llame o cualquiera que sea la forma que adopte para enseñar o practicar su credo. Ni los estados ni el gobierno federal deben participar, abiertamente o en secreto, en los asuntos de ninguna organización o grupo religioso, y viceversa. Según las palabras de [Thomas] Jefferson, la Cláusula de Establecimiento por medio de la ley tuvo el propósito de crear "una muralla de separación entre la Iglesia y el Estado".

 

En este párrafo encontramos el razonamiento fundamental que sirve de base a casi todos los casos religiosos juzgados por la Corte Suprema en los últimos 50 años, ya sea que impliquen la Cláusula de Establecimiento (que prohíbe al gobierno promover una función religiosa) o la Cláusula de Libertad de Culto (que prohíbe que el gobierno impida a un individuo participar en una práctica religiosa). Y con ese fallo, Everson puso en marcha uno de los debates de política pública más contenciosos de nuestra época, es decir: ¿cuáles son los límites que la Cláusula de Establecimiento impone a los actos del gobierno, no sólo en relación con la ayuda económica para programas, sino respecto a la observancia religiosa en el sector público?

Para citar sólo un ejemplo, un rito en particular marcó durante muchos años el inicio de cada uno de los días de escuela en todo el país. Los maestros de las escuelas públicas dirigían a sus alumnos para pronunciar el Juramento de Lealtad, luego una pequeña oración, el canto de "América" o "El pendón tachonado de estrellas", y tal vez la lectura de algún pasaje de la Biblia. La elección del rito variaba según la ley estatal, la costumbre local y las preferencias de cada maestro o director. La mayoría de los estadounidenses no veían nada malo en esa práctica tan difundida, que formaba parte de la tradición histórica de su país y era un importante recurso cultural de lo que el juez William O. Douglas describió en un escrito como "un pueblo religioso cuyas instituciones presuponen la existencia de un Ser Supremo". En Nueva York, el estado preparó una oración "sin denominación religiosa" para usarse en las escuelas públicas, pero un grupo de padres de familia impugnaron el edicto como "contrario a las creencias, religiones o prácticas religiosas de ellos mismos y de sus hijos". Ya en la década de 1960, por la creciente diversidad cultural y religiosa de los Estados Unidos, mucha gente se empezó a sentir incómoda con la práctica de obligar a los niños a orar sin tomar en cuenta sus creencias religiosas (o las de sus padres).

Un grupo de padres fue a los tribunales y, a la postre, la Corte Suprema de los Estados Unidos falló a su favor en un caso titulado Engel vs. Vitale. En su veredicto, el juez Hugo L. Black (quien fue instructor de la escuela dominical protestante por más de 20 años) dijo que toda la idea de hacer oración por orden del Estado, no importa que ésta sea neutral desde el punto de vista religioso, es "del todo inconsistente con la Cláusula de Establecimiento". Como quiera que se la defina, la oración constituye una actividad religiosa y la Primera Enmienda debe significar, por lo menos, que al gobierno no le compete componer oraciones oficiales para que un sector del pueblo estadounidense las recite como parte de un programa religioso gubernamental [a través del sistema de escuelas públicas]". Black explicó a continuación lo que, a su juicio, era la filosofía detrás de la Cláusula de Establecimiento:

 
Juez Hugo L. Black en Engel vs. Vitale (1962)

Cuando el poder, el prestigio y el apoyo financiero del gobierno está al servicio de un credo religioso en particular, es evidente la presión coercitiva indirecta que ejerce sobre las minorías religiosas para que se adapten a la religión prevaleciente, oficialmente aprobada. Pero el propósito que subyace en la Causa de Establecimiento va mucho más lejos. [Su] finalidad más inmediata se apoya en la creencia de que la unión del gobierno y la religión tiende a destruir al gobierno y degrada la religión. [Otro] propósito [se apoyó en] el conocimiento del hecho histórico de que las religiones establecidas por el gobierno y las persecuciones religiosas van de la mano.

 

A juicio de Black, el contenido de la oración, sus palabras textuales o el hecho de que su carácter no confesional la hiciera presuntamente neutral en el aspecto religioso, no tenían relevancia alguna para el caso. La naturaleza de la oración es religiosa en sí misma y, al promoverla, el Estado viola la Cláusula de Establecimiento pues alienta una actividad religiosa que él mismo determina y patrocina. La Corte no halló evidencias de coerción: ningún niño había sido forzado a orar; y tampoco descubrió que la oración fomentara los intereses de una denominación en particular. La violación a la Primera Enmienda la constituyó el hecho mismo de que el Estado promoviera prácticas religiosas en las escuelas públicas.

La decisión del caso Engel desató una tempestad de críticas contra la Corte que, aunque de vez en cuando ha amainado, nunca se ha extinguido. En opinión de muchos, la Corte había atacado una práctica tradicional que cumplía importantes propósitos sociales, a pesar de que a veces mortificaba a gente no conformista o excéntrica. Un periódico publicó en sus titulares: "LA CORTE PROSCRIBE A DIOS". El evangelista protestante Billy Graham exclamó: "¡Dios tenga piedad de nuestro país ahora que ya no lo podemos invocar para pedir su ayuda!"; y el cardenal Francis Spellman de Nueva York denostó el veredicto diciendo que incidía "en el propio corazón de la tradición piadosa en la que han sido formados los hijos de Norteamérica desde hace tanto tiempo".

La Corte tuvo también sus defensores. Muchos grupos religiosos vieron la decisión como una acción significativa para establecer un divorcio entre la religión y el ritual público sin sentido, y para proteger la práctica sincera del mismo. El Consejo Nacional de Iglesias, una coalición de denominaciones liberales y ortodoxas, elogió la decisión de Engel para proteger los derechos de las minorías. El presidente John F. Kennedy, que había sido blanco de perversos prejuicios religiosos en la campaña de 1960 (de muchos de los mismos grupos que ahora atacaban a la Corte), instó a respaldar la decisión y dijo en una conferencia de prensa:

    En este caso tenemos un remedio muy sencillo que consiste en orar nosotros mismos. Además, pienso que eso sería un oportuno recordatorio para todas las familias estadounidenses, de que podemos rezar mucho más en el hogar, podemos acudir a nuestros templos con mucho mayor fidelidad y podemos hacer que el verdadero significado de la oración cobre mucha más importancia en la vida de todos nuestros hijos.

El enfoque del Presidente, apegado al sentido común, supo captar la intención de la Corte en el caso Engel. La mayoría no se oponía ni a la oración ni a la religión, pero consideraba que los Forjadores se esforzaron mucho para proteger las libertades individuales en la Carta de Derechos. Para garantizar la libertad religiosa del individuo, el Estado no puede imponer requisitos religiosos de ningún tipo, ni siquiera una oración supuestamente "neutral". En cuanto el poder y el prestigio del gobierno se ponen al servicio de cualquier creencia o práctica religiosa, afirmó el juez Black, "es evidente la presión inherentemente coercitiva sobre las minorías religiosas para que se adapten a la religión prevaleciente aprobada en forma oficial".

Al año siguiente, la Corte dictó su veredicto en Abington vs. Schempp. Una ley de Pennsylvania disponía que "por lo menos 10 versos de la Sagrada Biblia sean leídos, sin comentario alguno, en todas las escuelas públicas al inicio de cada día de labores. Cualquier niño podrá ser eximido de esa lectura bíblica, o de presentarse a la misma, mediante una petición escrita de su padre o tutor". Además, los estudiantes tenían que recitar al unísono el Padre Nuestro. En esta ocasión el juez Tom Clark, a quien se solía ver como conservador, habló a nombre de la mayoría para que se suprimiera el requisito de la lectura bíblica. La neutralidad exigida por la Constitución, explicó, provino de las amargas enseñanzas de la historia, la cual reconoció que la fusión de la Iglesia y el Estado conduce de modo inexorable a la persecución de todos los que no se apegan a la ortodoxia oficial.

En los Estados Unidos, los derechos están asentados en la Constitución, pero los define la Corte Suprema que la propia Constitución ha establecido para que provea una interpretación viable y definitiva de la ley. Para el dictamen constitucional, es irrelevante en gran medida el hecho de que la mayoría de los ciudadanos --tal vez incluso la gran mayoría-- pueda no sentirse ofendida a causa de la oración o la lectura de la Biblia en las escuelas. El propósito de la Carta de Derechos no es proteger a la mayoría, sino a la minoría. Como dijo el juez Oliver Wendell Holmes, Jr. en una ocasión, la libertad de expresión no es sólo para las ideas con las que estamos de acuerdo, sino también para las que nos resultan detestables. Por supuesto, la libertad religiosa, como la libertad de expresión, protege a la mayoría. Sin embargo, la protección de la Cláusula de Establecimiento de la Primera Enmienda se invoca en forma significativa cuando la mayoría trata de usar el poder del Estado para obligar a todos a aceptar una práctica religiosa. Muy a menudo, para proteger a un disidente o un incrédulo puede ser necesario incomodar a la mayoría; tal es el precio que los Padres Fundadores se declararon dispuestos a pagar por la libertad religiosa.

Esa es una opinión que muchos norteamericanos comparten todavía, junto con la creencia de que esa protección de la conciencia individual también es útil para la religión. En un caso moderno, el juez John Paul Stevens escribió que "la libertad de conciencia individual protegida por la Primera Enmienda incluye el derecho de elegir cualquier creencia religiosa o ninguna en absoluto.... Las creencias religiosas dignas de respeto son fruto de la elección libre y voluntaria de los fieles".

Aun cuando esta opinión no es aceptada por todos los estadounidenses, la mayoría reconoce que, en una sociedad tan heterogénea como la de su país al inicio del siglo XXI, los que no aceptan las normas de la mayoría pueden ser descritos, como lo escribió la juez Sandra Day O'Connor, "extraños, no miembros cabales de la comunidad política". Esa es una situación que los Forjadores de la Primera Enmienda, los miembros de la Corte y la mayoría de los estadounidenses están decididos a evitar. En una sociedad libre, los disidentes religiosos no deben ser tan sólo tolerados, ni se debe hacer que se sientan como miembros inferiores de la misma; sus diferencias deben ser apreciadas como parte del mosaico de culturas que hace de los Estados Unidos un país tan único.

A pesar de que algunos grupos religiosos no han dejado de oponerse a las decisiones de los casos Engel y Schempp, muchos de los órganos religiosos predominantes han llegado a comprender que, en realidad, la Corte favoreció la religión en lugar de subvertirla. "Memoria y reconvención", escrito por James Madison hace más de 200 años, expresa la creencia de que no sólo el antagonismo del Estado, sino también su intento de ayudar pueden ser nocivos para la religión y para la libertad religiosa. Sus descendientes intelectuales han razonado en forma similar y creen que el Estado nunca puede ayudar a la religión, pues sólo la perjudica. Instituir en las escuelas cualquier forma de actividad religiosa sancionada por el Estado amenaza con generar la hostilidad de algunas denominaciones. Más aún, el creyente sincero no necesita que el Estado haga nada en su favor, salvo que lo deje en paz; la gente que tiene confianza en su fe no necesita la ayuda del César para dar a Dios lo que es de Dios.

También hay creyentes sinceros que, aunque admiten que las creencias son un asunto individual, conciben la religión como un aspecto integral de la vida cívica estadounidense. No tratan de establecer una religión oficial, pero desean un acomodo que permita brindar ayuda estatal a las organizaciones religiosas afiliadas, siempre que esto se haga con toda equidad, sin dar preferencia a ningún grupo en particular. La Corte Suprema ha contendido con ese problema por más de 50 años, a propósito de la ayuda estatal para organizaciones de caridad, y sus decisiones han estado muy lejos de ser consistentes. Aunque está decidido que no se les puede dar dinero para proselitismo religioso, la mayoría de las iglesias y sinagogas tienen diversos programas de servicio social y educación cuya pérdida implicaría grandes presiones sobre los sistemas públicos. Para ayudar a algunos de esos programas, la Corte ha definido excepciones a la regla general de no dar ayuda estatal, y en junio de 2002 dio lo que muchos juzgaron como un paso importante hacia la posición partidaria del acomodo.

Los jueces aprobaron por estrecho margen la emisión de certificados del estado que las familias con hijos en edad escolar pueden usar para pagar los estudios de éstos en escuelas privadas, aunque sean instituciones de tipo confesional. Esta decisión eliminó un importante obstáculo legal que encaraban los partidarios de los certificados, pero la decisión final sobre la adopción de un plan completo de este tipo la tendrán que tomar las legislaturas de los 50 estados. El debate ya no será por la constitucionalidad del plan, sino se basará en los deseos políticos de la ciudadanía, cuya mayoría se opone a esos certificados, si se juzga por las encuestas. La forma en que esta cuestión se desenvuelva en el próximo decenio revelará mucho sobre la naturaleza de las relaciones de la Iglesia y el Estado en los Estados Unidos.

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En la Primera Enmienda hay dos cláusulas sobre religión. La Cláusula de Establecimiento (de una religión nacional) prohíbe que el gobierno trate de imponer una práctica religiosa uniforme, aun cuando lo haga en nombre de la mayoría. La Cláusula de Libertad de Culto fue creada con el fin específico de proteger a las sectas disidentes contra un gobierno sometido al control de las religiones predominantes. La utilidad de proteger a las minorías será aún más evidente al inicio del siglo XXI, a medida que Estados Unidos se convierte en el país democrático más pluralista de la historia.

Los Forjadores desearon proteger no sólo al gobierno ante la religión, sino también a la religión frente al gobierno. James Madison luchó por impedir que se estableciera una religión dominante y también pugnó por que el gobierno se mantuviera al margen de cualquier controversia religiosa. Los Forjadores tenían experiencia y conocimiento del grado en que el gobierno en manos de la religión puede ser un arma muy potente y no querían que algo así llegara a pasar. También en este caso se presenta el problema de cómo reconciliar un gobierno totalmente neutral en cuestiones religiosas con el vigoroso papel que la religión ha desempeñado en la vida cívica del país. Para muchos estadounidenses, la religión es muy importante como parte de la cultura cívica, y es muy poco realista fingir que el gobierno está totalmente desvinculado de ella.

La Cláusula de Libertad de Culto es un medio para proteger las distintas fuentes de significación religiosa y asegurar una ciudadanía plena e igualitaria para los creyentes --y los no creyentes-- de toda índole. En otras palabras, ayuda a fomentar el pluralismo y al hacerlo permite que cada persona y cada grupo desarrolle a plenitud sus ideas y creencias. Aunque se tiende a pensar que las colonias fueron fundadas por gente de las islas británicas, la verdad es que ya en 1776 habían llegado inmigrantes de Escandinavia, Europa occidental y central y, por supuesto, de África a través del comercio de esclavos. A pesar de que el nuevo país no era ni remotamente tan pluralista como lo llegaría a ser después, Estados Unidos ya era entonces una variada mezcla de nacionalidades y religiones, en comparación con Inglaterra y otras naciones europeas de la época. Muchos académicos siguen creyendo que la fecundación intelectual cruzada necesaria para mantener una sociedad vibrante y democrática sólo es posible si uno de los aspectos más esenciales en la vida de toda persona --su fe religiosa-- no llega a ser tocada por la mano del gobierno.

A veces los grupos religiosos han sido impopulares, pero pese a ello persistieron y, a la postre, casi todos entendieron que la libertad religiosa consiste en que hasta los grupos despreciados cuenten con un margen de tolerancia para que puedan adorar a Dios de acuerdo a los dictados de su conciencia. A veces, las demandas de la mayoría no pudieron prevalecer por causas de orden moral; por ejemplo, la oposición a la poligamia dio lugar a una de las primeras y más significativas resoluciones sobre el significado de la libertad de culto.

Los mormones, o la Iglesia de los Santos de los Últimos Días, surgieron a principios del siglo XIX en los Estados Unidos y su entusiasmo por los matrimonios múltiples fue ofensivo para muchos grupos de cristianos. Obligados a emigrar al oeste hasta la frontera, los mormones establecieron un asentamiento próspero en lo que hoy es el estado de Utah. A la postre, la colonia creció y logró llenar los requisitos para ser admitida como un estado de la Unión; sin embargo, esto nunca habría sido posible si los mormones hubieran seguido aferrados a la poligamia. La ley federal definió esa práctica como un delito y los mormones acudieron a la Corte Suprema aduciendo que, para el libre ejercicio de su religión, era preciso que el gobierno tolerara la poligamia.

Resultaba claro que la Corte no estaba dispuesta a otorgar el sello de la aprobación constitucional a una práctica condenada por más del 95% del país. Por otra parte, la Constitución parecía otorgar una protección inequívoca al ejercicio de la religión. El presidente de la Corte Suprema, Morrison Waite, resolvió con ingenio el problema de un modo que aún hoy influye en todos los casos de libre ejercicio religioso: estableció una clara distinción entre la creencia y la práctica de la religión. Waite citó a Thomas Jefferson al decir que "la religión es un asunto que sólo compete a cada hombre y a su Dios;... los poderes legislativos del gobierno pueden decidir únicamente sobre los actos, no sobre las opiniones". De acuerdo con este razonamiento, la Corte sostuvo que "el Congreso fue privado de todo poder legislativo sobre las simples opiniones, pero se le dejó en libertad ocuparse de los actos que fueran violatorios de los deberes sociales o subversivos con respecto al buen orden". De acuerdo a la Corte, estaba claro que la poligamia subvertía el buen orden y que, por lo tanto, el Congreso podía definir esa práctica como un delito.

 
Jefe de la Corte Suprema Morrison R. Waite en Reynolds vs. Estados Unidos (1879)

El Congreso no puede aprobar ley alguna para el gobierno de los Territorios por la cual se prohíba el libre ejercicio de la religión. La Primera Enmienda a la Constitución proscribe expresamente ese tipo de legislación. La libertad religiosa está garantizada en toda la extensión de los Estados Unidos, en lo que se refiere a las intromisiones del Congreso. Lo que aún queda por averiguar es si la ley que hoy se somete a consideración está incluida en esta prohibición....

Las leyes están hechas para reglamentar los actos y aunque no pueden interferir con las simples creencias o con las opiniones religiosas, sí lo pueden hacer con las prácticas correspondientes. Supongamos que alguien crea que los sacrificios humanos son un aspecto básico del culto religioso. ¿Se podría decir con seriedad en ese caso que el gobierno civil bajo el cual vive no debe intervenir para impedir esos sacrificios? O si una viuda tuviera la creencia religiosa de que su deber era incinerarse sobre la pira funeraria de su esposo, ¿estaría fuera del poder del gobierno civil la posibilidad de impedir que ella pusiera en práctica tal creencia?

Por eso aquí, como una ley de la organización de la sociedad bajo el dominio exclusivo de los Estados Unidos, se dispone que los matrimonios plurales no serán autorizados. ¿Se puede permitir que un hombre incurra en prácticas contrarias a esto porque así lo ordenan sus creencias religiosas? Permitir tal cosa sería hacer que las doctrinas profesadas de una creencia religiosa se impusieran sobre la ley de la nación y, de hecho, permitir que cada ciudadano se pudiera considerar a sí mismo como la ley. En esas circunstancias el gobierno ya sólo tendría una existencia nominal.

 

Es interesante observar que éste fue uno de los pocos casos en los que la Corte Suprema emitió un fallo contra las demandas presentadas por un grupo definido e individual, en materia del libre ejercicio de la religión, pero lo hizo porque la práctica en cuestión --la poligamia-- fue considerada como una amenaza para la sociedad civil. Sin embargo, la diferencia entre acción y fe creó el importante principio constitucional de que la fe, en sí misma y por sí misma, no puede ser ni atacada ni proscrita.

Es indudable que uno los casos más famosos de la libertad de culto fue el de los Testigos de Jehová cuando se negaron a rendir honores a la bandera nacional. Aun cuando los Testigos eran sólo una de las muchas pequeñas sectas religiosas de los Estados Unidos, sus miembros entendieron el significado básico de la Cláusula de Libertad de Culto y en sus reiteradas visitas a la Corte Suprema ayudaron a hacer de ese ideal una realidad.

Los Testigos eran y siguen siendo una secta proselitista y sus campañas para atraer conversos y distribuir su literatura los ha puesto a menudo en conflicto con las autoridades locales. Su notoriedad fue enorme en vísperas de la Segunda Guerra Mundial cuando, obedeciendo a su creencia de que hacer el saludo a una bandera era una violación al mandato bíblico de no rendir culto a las imágenes, dieron instrucciones a sus hijos para que no participaran en la ceremonia matinal de rendir honores a la bandera de los Estados Unidos. A causa de su adhesión a sus creencias cuando la guerra se aproximaba, los Testigos fueron objeto de multas y audiencias penales y muchos de sus hijos fueron expulsados de la escuela. Estas son las palabras de Lillian Gobitas:

 
Lillian Gobitas

Me gustó ir a la escuela y estuve en un buen grupo. Se puede decir que fui popular. Fui presidenta de la clase en el séptimo grado y obtuve buenas notas académicas. Y sentí, ¡ay!, que si no hacía el saludo a la bandera echaría a perder todo esto. Y me arriesgué. Así fue sin duda alguna. La verdad es que sentí miedo de que cuando la maestra mirara hacia mí, yo de inmediato levantara la mano para hacer el saludo y moviera los labios.

Mi hermano William estaba en quinto grado en esa época del otoño de 1935. Al día siguiente, Bill llegó a casa y dijo: "Yo ya no saludo a la bandera". Entonces supe que había llegado el momento. No fue algo a lo cual nos obligaran nuestros padres. Ellos eran muy firmes al insistir en que todos nuestros actos los hiciéramos por nuestra propia decisión y entendiéramos por qué hacemos las cosas. Leí y consulté mucho la Biblia y en verdad tomé mi propia decisión.

Primero fui a hablar con mi maestra, la señorita Anna Shofstal, para no acobardarme más tarde. Ella escuchó mi explicación y, para mi sorpresa, sólo me abrazó y dijo que le parecía muy bien que fuera tan valiente. Pero con los alumnos fue terrible. Debí haber dado una explicación para toda la clase, pero tuve miedo. No sabía si lo correcto era ponerme de pie o sentarme. En esos días comprendimos que el saludo consiste en ciertos movimientos y palabras. Por eso, cuando me quedaba sentada, todo el salón se indignaba. A partir de eso, cada vez que iba a la escuela, me arrojaban una lluvia de guijarros y me gritaban cosas como: "¡Aquí viene Jehová!". Todos se burlaban de mí....

Han pasado más de 50 años desde que asumí mi propia posición frente al saludo a la bandera, pero hoy lo volvería a hacer igual sin titubear y sin reservas. Los Testigos de Jehová sólo tratamos de apegarnos a las Escrituras, y Jesús dijo: "Ellos me persiguieron y también te perseguirán a ti".... Ese caso influyó mucho en nuestras vidas y hemos transmitido sus enseñanzas a nuestros hijos.

Reproducido con autorización de The Free Press, una División de Simon & Schuster Adult Publishing Group, tomado de THE COURAGE OF THEIR CONVICTIONS por Peter Irons. Copyright © 1988 por Peter Irons.

 

La Corte Suprema accedió a oír el caso en 1939 y el valor de fomentar el patriotismo parecía ser una función muy importante de las escuelas públicas en una época en que casi todos auguraban que los Estados Unidos tendrían que intervenir en la Segunda Guerra Mundial. El juez Felix Frankfurter era judío y se sintió dividido entre su adhesión a la libertad religiosa para todos los grupos y su creencia de que, de acuerdo a la Constitución, las escuelas tenían derecho de exigir que los estudiantes rindieran homenaje a la bandera. Entonces escribió a un colega de la Corte lo siguiente: "Desde que llegué a esta Corte, nada ha pesado tanto sobre mi conciencia como este caso. Todas mis tendencias y predisposiciones están a favor de dar el mayor espacio de maniobra a todas las formas de opinión religiosa, política y económica... pero esta cuestión entra en un ámbito donde el poder constitucional está en uno de los lados y mis ideas personales de libertad, tolerancia y buen sentido, en el otro". Ocho de los nueve miembros de la Corte votaron a favor del distrito escolar.

Pronto fue evidente que los Testigos estaban indefensos. A raíz de la decisión adversa, centenares de Testigos de Jehová fueron agredidos, sobre todo en los pueblos pequeños y en áreas rurales. Hacia el final de los años 40, más de 1.500 de ellos habían sido agredidos, muchos de ellos en forma brutal, en más de 350 incidentes, y esta pauta continuó durante dos años por lo menos. Aquel no fue uno de los mejores momentos de la nación, pero sí una experiencia de aprendizaje. Al mismo tiempo que los estadounidenses se enteraron de los ataques a los Testigos, recibieron también la noticia de que Hitler asesinaba en masa a minorías indefensas en Europa y aplicaba una "solución final" con la cual liquidaría a seis millones de hombres, mujeres y niños sin más motivo que sus creencias religiosas. La Corte Suprema accedió a juzgar otro caso sobre el tema de los honores a la bandera y en esta ocasión un nuevo miembro del tribunal, el juez Robert H. Jackson, que más tarde sería el fiscal estadounidense en los juicios de Nuremberg, dio su apoyo a los Testigos de Jehová en su derecho de ser diferentes e hizo valer los límites que la Constitución impone a las acciones del gobierno.

 
Juez Robert H. Jackson en Junta de Educación de Virginia Occidental vs. Barnette (1943)

El propósito mismo de hacer una Carta de Derechos fue colocar ciertos temas al margen de las vicisitudes de la controversia política, ponerlos fuera del alcance de las mayorías y de los funcionarios, y establecerlos como principios legales que deben ser aplicados por los tribunales. El derecho a la vida, la libertad y la propiedad, a la libertad de expresión, la libertad de prensa, la libertad de culto y de reunión, y a otros derechos fundamentales, no puede ser sometido a votación pues no depende del resultado de una elección.

El caso no fue difícil porque los principios de ese veredicto fueran oscuros, sino porque la bandera en cuestión era la nuestra. Sin embargo, aplicamos las limitaciones que impone la Constitución sin temor alguno de que la libertad de ser diferentes, o aun opuestos, en lo intelectual y lo espiritual vaya a desintegrar la organización social. Creer que el patriotismo no florecerá si las ceremonias patrióticas son voluntarias y espontáneas, no una rutina obligatoria, es tener una opinión muy poco favorable del atractivo de nuestras instituciones para una mente libre. Para tener el individualismo intelectual y la rica diversidad cultural que nos aportan las mentes excepcionales, hay que pagar el precio de tolerar a veces actitudes excéntricas y anormales. Cuando se trata de casos tan inofensivos para los demás y para el Estado como éstos, ese precio no es demasiado alto. Pero la libertad de disentir no sólo se refiere a las cosas que no nos importan mucho. La prueba de su eficacia es el derecho a disentir en asuntos que inciden en el corazón mismo del orden existente.

Si hay alguna estrella fija en nuestra constelación constitucional, es que ningún funcionario, alto o modesto, puede dictar lo que debe ser la ortodoxia en la política, el nacionalismo, la religión u otras cuestiones de opinión, ni obligar a los ciudadanos a profesar, con palabras o con hechos, su fe en dicha ortodoxia. No podemos concebir ahora circunstancia alguna que justifique hacer una excepción a este principio.

 

Ha habido muchos otros casos después de los fallos sobre la ceremonia del saludo a la bandera, pero todos se han apoyado en la elocuente idea de la "estrella fija" del juez Jackson, según la cual ningún funcionario del gobierno puede dictar qué es lo ortodoxo. No todas las decisiones han sido favorables a las sectas disidentes, pero el concepto de que el gobierno no puede castigar las ideas sigue siendo tan cierto hoy como hace medio siglo o en la época en que fue fundada la nación.

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La religión sigue desempeñando un papel importante en la vida cívica e individual de los ciudadanos de los Estados Unidos. Algunos creen que debería tener un papel más importante en los asuntos públicos de la nación, pero otros piensan lo contrario. Legos, académicos, legisladores y juristas siguen debatiendo dónde se debe trazar la línea divisoria entre las actividades de la Iglesia y las del Estado, y qué tan lejos pueden llegar los grupos disidentes en aras de sus creencias religiosas. Este debate está en el centro mismo del proceso democrático. No siempre conduce a un consenso y está claro que no todos pueden ganar todos los debates. Pero la sinceridad y el entusiasmo que los estadounidenses infunden a esta polémica, o cuando discuten los límites de la libertad de expresión, es lo que infunde mayor fuerza a la libertad constitucional. La libertad religiosa no es un ideal abstracto para los estadounidenses, sino una libertad vibrante cuyos desafíos están dispuestos a confrontar todos los días de su vida.

Lecturas complementarias:

Gregg Ivers, Redefining the First Freedom: The Supreme Court and the Consolidation of State Power (New Brunswick: Transaction Books, 1993).

Leonard W. Levy, The Establishment Clause: Religion and the First Amendment (2nd ed., Chapel Hill: University of North Carolina Press, 1994).

John T. Noonan, Jr., The Lustre of Our Country: The American Experience of Religious Freedom (Berkeley: University of California Press, 1998).

Frank J. Sorauf, The Wall of Separation: The Constitutional Politics of Church and State (Princeton: Princeton University Press, 1976).

Melvin I. Urofsky, Religious Freedom (Santa Barbara: ABC-CLIO, 2002).

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