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Los Derechos del Pueblo: Libertad individual y la Carta de
Derechos
C A P Í T U L O
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La libertad de expresión Congreso no
aprobará ninguna ley... que coarte la libertad de
expresión.... Primera
Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos
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Si
algún derecho hay que una sociedad democrática aprecie
por encima de todos los demás es la libertad de expresión.
La capacidad de decir lo que uno piensa, de impugnar la ortodoxia
política de la época, de criticar las estrategias del
gobierno sin temor de ser recriminados por el Estado, es la
diferencia esencial entre vivir en un país libre o en una
dictadura. En el panteón de los derechos del pueblo, el juez
de la Corte Suprema Benjamin Cardozo, quien prestó servicio de
1932 a 1938, escribió que la libertad de expresión es
"la matriz... la condición indispensable de casi todas las
demás libertades".
Aun
cuando los estadounidenses suponen que la libertad de expresión
es el valor esencial de la democracia, discrepan cuanto al grado en
que la Primera Enmienda protege las distintas modalidades de
expresión. Por ejemplo, ¿protege las expresiones de
odio dirigidas a grupos étnicos o religiosos en particular?
¿Protege las "palabras belicosas" que pueden inducir a la
gente a la violencia inmediata? ¿El material obsceno está
protegido por el parapeto de la Primera Enmienda? ¿Las
expresiones comerciales --anuncios o material de relaciones públicas
que divulgan las empresas-- son dignas de recibir protección
constitucional? En los últimos decenios, estas preguntas han
sido parte de un debate constante, tanto en el gobierno como en los
foros públicos, y en muchos aspectos no se ha llegado aún
a un consenso. Sin embargo, eso no es ni sorprendente ni perturbador.
La libertad es un concepto en evolución y a medida que nos
enfrentamos a nuevas ideas, el gran debate prosigue. La irrupción
de la Internet no es más que el último de una serie de
desafíos para entender el significado de la protección
que la Primera Enmienda brinda a la libertad de expresión en
una sociedad contemporánea.
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* *
La libertad de expresión no siempre fue el derecho que lo abarca
todo, como lo es hoy. A mediados del siglo XVIII, cuando Sir
William Blackstone escribió su célebre Commentaries
on the Laws of England (Comentarios sobre las leyes de
Inglaterra) definió la libertad de expresión como la
ausencia de restricción previa. Con eso quiso decir que
el gobierno no puede impedir que alguien diga o publique lo que
piensa, pero una vez que la persona ha expresado esas ideas, se le
puede castigar si ha empleado un tipo de expresión prohibido.
Los ingleses, como los antiguos griegos, establecieron restricciones
legales sobre tres tipos de expresión --sedición (la
crítica contra el gobierno), difamación (la crítica
contra individuos) y blasfemia (la crítica contra la
religión)-- y a los tres los denominaron "libelos". Entre
éstos, el más importante en términos de libertad
política es el libelo sedicioso, porque las elites gobernantes
de la época de Blackstone consideraban que cualquier crítica
al gobierno o sus funcionarios, aunque fuera verídica,
subvertía el orden público al socavar la confianza en
el gobierno. Aunque, según Blackstone, el gobierno, no podía
impedir que alguien lo criticara, podía castigar a la persona
una vez que ésta hubiera expresado la crítica.
En
los siglos XVII y XVIII, la corona británica juzgó
cientos de casos de libelo sedicioso y a menudo impuso sanciones
draconianas. Cuando William Twyn declaró que el pueblo tenía
derecho de rebelarse contra su gobierno, fue arrestado y condenado
por sedición y por "imaginar la muerte del rey". El
tribunal lo sentenció a ser ahorcado, castrado, destripado,
descuartizado y después decapitado. Ante la posibilidad de ese
tipo de castigo después de publicar una opinión,
la ausencia de restricción previa tenía poco
significado.
Los
colonizadores ingleses que llegaron a Norteamérica
trajeron consigo la ley de su país, pero no tardó en
surgir una discrepancia entre la teoría y la práctica,
entre la ley escrita y su aplicación. Las asambleas coloniales
aprobaron estatutos para regular la expresión, pero ni los
gobernadores ni los tribunales locales parecieron dispuestos a
ponerlos en práctica con algún grado de rigor. Más
aún, a raíz del célebre caso de John Peter
Zenger (que se comenta en el capítulo sobre "la libertad de
prensa"), los colonizadores establecieron la verdad como defensa
contra el cargo de libelo sedicioso. La persona todavía podía
ser acusada si criticaba al gobierno o sus funcionarios, pero ahora
el acusado podía presentar evidencias de la veracidad de sus
declaraciones y el jurado era quien debía determinar su
validez.
Desde la época en que los estados ratificaron la Primera Enmienda
("El Congreso no aprobará ninguna ley.... que coarte la
libertad de expresión o de prensa....") en 1791 hasta la
Primera Guerra Mundial, el Congreso aprobó sólo una ley
que restringe la expresión: la Ley de Sedición de 1798.
Éste fue un estatuto mal concebido que surgió de la
confrontación casi bélica con Francia y expiró
tres años después. Aun así y aunque este
instrumento legislativo ha sido amplia y debidamente condenado, es
conveniente señalar que incluía la posibilidad de usar
la verdad como defensa. También durante la Guerra Civil de los
Estados Unidos en 1861-1865, hubo algunos reglamentos menores en
contra de la sedición, pero no fue sino hasta la Ley de
Espionaje de 1917 y la Ley de Sedición de 1918 cuando empezó
el verdadero debate en torno al significado de la cláusula de
la Primera Enmienda sobre la libertad de expresión (Cláusula
de Expresión) . Ese debate ha sido público y en él
han participado el pueblo, el Congreso y el presidente del país,
pero se ha desarrollado sobre todo en los tribunales.
Los primeros casos que llegaron a la Corte Suprema surgieron de esas
medidas de tiempo de guerra, contra la perturbación del orden
militar o contra las críticas al gobierno, y la Corte los
aprobó inicialmente. El mensaje de los jueces pareció
ser que aun cuando la libertad de expresión es la regla, no es
algo absoluto y en ciertos períodos --sobre todo en tiempo de
guerra-- se la puede restringir por el bien público. |
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Juez
Oliver Wendell Holmes, Jr., en Schenck vs. Estados Unidos
(1919)
Admitimos
que, en muchos lugares y en tiempos ordinarios, los acusados declaran
que todo cuanto han expresado en la circular [panfleto] se enmarca en
el ámbito de sus derechos constitucionales. Pero el carácter
de cada acto depende de las circunstancias en las que se realiza. La
protección más estricta de la libertad de expresión
no sería aplicable a un hombre que, sin apego a la verdad,
gritara "¡fuego!" en un teatro y provocara el pánico.
En todos los casos, la cuestión es si las palabras empleadas
fueron expresadas en tales circunstancias y su índole es tal,
que puedan suscitar el peligro claro y presente de provocar los daños
sustantivos que el Congreso tiene derecho de
prevenir. Es un asunto de proximidad y grado. Cuando una nación
está en guerra, muchas cosas que podrían decirse en
tiempo de paz se vuelven un obstáculo tan grave para sus
campañas bélicas, que no es posible tolerarlas mientras
haya hombres en combate, y ningún tribunal las puede proteger
bajo derecho constitucional alguno. |
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La
prueba de "un peligro claro y presente" de Holmes fue recibida
como una idea muy sensata. Sí, la expresión tiene que
ser libre, pero no con una libertad absoluta; el sentido común
(la necesidad obvia de castigar a quien grite "fuego" en un
teatro lleno) y las exigencias de la guerra imponen a veces la
necesidad de poner límites a la expresión. La prueba
del peligro claro y presente sería aplicada en una u otra
forma por los tribunales durante casi 50 años, pues pareció
ser un medio práctico y directo de determinar cuándo
han sido rebasados los límites de la libertad de expresión.
Pero desde el principio causó problemas y la tradición
de la libertad de expresión era tan fuerte en los Estados
Unidos que los críticos impugnaron no sólo la campaña
del gobierno contra los críticos de la guerra sino el hecho
mismo de que la Corte hubiera aprobado esa prueba.
Una
de las grandes voces en la historia de la libertad de expresión
fue la de Zechariah Chafee, Jr., un afable profesor de leyes de
Harvard, heredero de una familia rica y de alto nivel social, que
dedicó toda su vida a defender el derecho de toda la gente a
expresar sus ideas sin temor de posibles represalias del gobierno. Él
sugirió lo que para muchas personas de entonces y de ahora es
una idea radical: que la libertad de expresión se debe
mantener intacta aun en tiempo de guerra y cuando las pasiones son
intensas, porque es entonces cuando el pueblo necesita conocer los
argumentos de ambos lados de la disputa y no sólo lo que el
gobierno quiere decir. |
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Zechariah
Chafee, Jr., habla de la libertad de expresión (1920)
Tampoco
podemos dejar de lado la libertad aduciendo que es tiempo de guerra y
la Constitución confiere al Congreso la facultad expresa de
formar ejércitos. La Primera Enmienda fue redactada por
hombres que acababan de pasar una guerra. Para que tenga significado,
debe restringir los poderes que se conceden expresamente al Congreso,
ya que éste no tiene otros poderes, y se debe aplicar a las
actividades del gobierno que son más idóneas para
coartar la libertad de discusión, a saber, el servicio postal
y la conducción de la guerra.
Éste
parece ser el verdadero significado de la libertad de expresión.
Uno de los propósitos más importantes de la sociedad y
el gobierno consiste en el esclarecimiento y divulgación de la
verdad en asuntos de interés general. Esto sólo es
posible si existe una libertad de discusión absolutamente
ilimitada porque... en cuanto la fuerza interviene en el debate, sólo
el azar decide si apoyará al lado que miente o al verdadero,
con lo cual la verdad pierde toda su ventaja natural en la
confrontación. Sin embargo, el gobierno tiene también
otros propósitos, como el orden, la educación de los
jóvenes, la protección ante una agresión
externa. A veces la discusión sin límites interfiere
con estos propósitos y nos obliga a ponderarlos frente a la
libertad de expresión, pero esta última debe tener un
gran peso en la balanza. La Primera Enmienda confiere carácter
obligatorio a este principio de sensatez política.
Por lo tanto, en tiempo de guerra debe haber libertad de expresin, a
menos que se trate de algo que implique la clara posibilidad de interferir
en forma directa y peligrosa con la conduccin de la
contienda. |
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Chafee
ya había presentado este argumento en artículos y, a
raíz de la decisión de Holmes en el caso Schenck, se
reunió con el jurista y lo convenció de que había
cometido un error. Al cabo de un año, cuando otro caso de
sedición fue ventilado en la Corte, la mayoría usó
la prueba del peligro claro y presente para declarar que los acusados
eran culpables de libelo sedicioso. Sin embargo el autor de la
prueba, secundado por su colega el magistrado Louis D. Brandeis,
causó gran sorpresa al presentar una enérgica
refutación. |
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Juez
Oliver Wendell Holmes, Jr., discrepancia en Abrams vs. los Estados
Unidos (1919)
La
persecución a causa de la expresión de opiniones me
parece muy lógica. Si no tienes ni la menor duda de tus
premisas o de tu poder y deseas con todas tus fuerzas lograr cierto
resultado, es natural que expreses tus deseos dentro de la ley y
arrases con toda posible oposición. Permitir que un opositor
se exprese parece indicar que lo consideramos inofensivo, como cuando
un hombre dice que halló la cuadratura del círculo, o
bien, que no nos interesa en verdad el resultado o que dudamos de
nuestro propio poder o nuestros argumentos. Pero cuando los hombres
comprenden que el tiempo ha alterado muchas creencias en pugna,
pueden llegar a creer, aún más de lo que creen en los
fundamentos de su propia conducta, en la idea de que el bien deseado
definitivo se logra mejor con el libre comercio de las ideas: que la
mejor prueba de la verdad es el poder del pensamiento para ser
aceptado en la competencia del mercado, y que la verdad es el único
terreno sobre el cual podrán realizar sus deseos en forma
segura. Que, bajo cualquier concepto, esa es la teoría de
nuestra heory of our Constitution. Constitución. Tiene algo de
experimental porque todo en la vida es un experimento. Todos los
años, y quizá todos los días, tenemos que
apostar nuestra salvación a alguna predicción basada en
un conocimiento imperfecto. A pesar de que ese experimento forma
parte de nuestro sistema, creo que deberíamos estar en
perpetua vigilancia contra cualquier impulso de reprimir la expresión
de las opiniones que detestamos y creemos cargadas de muerte, a menos
que representen una amenaza tan inminente de interferir con los
propósitos legales y apremiantes de la ley, que sea menester
reprimirlas de inmediato para salvar al país. Estoy en total
desacuerdo con el argumento del gobierno, según el cual la
Primera Enmienda redujo al derecho consuetudinario al papel de un
libelo sedicioso en vigor. Me parece que la historia ha refutado esa
tesis. Según mi interpretación, Estados Unidos demostró
por muchos años su arrepentimiento a causa de la Ley de
Sedición de 1798, reembolsando las multas que había
impuesto. Sólo una situación de emergencia en la que el
hecho de dejar para más tarde la corrección de un mal
implique un peligro inmediato justifica que se haga una excepción
al mandato general, "El Congreso no aprobará ninguna ley...
que coarte la libertad de expresión". Por supuesto, sólo
me refiero a la expresión de opiniones y exhortativas, pues
sólo eso fue lo que se expresó aquí, pero
lamento no poder exponer en palabras más elocuentes mi opinión
de que al condenar a los acusados por este cargo, se les privó
de los derechos que les concede la Constitución de los Estados
Unidos. |
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A
menudo se considera que la discrepancia de Holmes en el caso Abrams
marcó el inicio del interés de la Corte Suprema por la
libertad de expresión como un derecho clave de la sociedad
democrática, y planteó la idea de que la democracia se
apoya en un mercado libre de las ideas. Algunas ideas pueden ser
impopulares, otras tal vez perturbadoras y algunas incluso falsas.
Pero en una democracia hay que conceder a todas las ideas la misma
oportunidad de ser escuchadas, con la esperanza de que las falsas,
las innobles, las inútiles, sean desplazadas por la
acumulación de ideas correctas, de esas que facilitan el
progreso en una forma democrática. La analogía del
mercado propuesta por Holmes sigue siendo admirada por muchos porque
le brinda apoyo a la libertad intelectual.
La teoría del "mercado de ideas" se relaciona también
con uno de los pilares de la democracia, el derecho del pueblo a
decidir. Hace dos siglos, Thomas Jefferson apoyó su fe en la
democracia en el buen juicio de la población para tomar por sí
misma la decisión más apropiada. El pueblo, y no los
gobernantes, debe decidir las cuestiones más importantes de
cada día mediante una discusión libre seguida de
elecciones libres. Si a un grupo se le impide que exprese sus ideas
porque éstas son ofensivas, entonces el público en
conjunto será privado de la gama completa de datos y teorías
que debe sopesar para lograr el mejor resultado.
Ni
Holmes ni nadie más ha sugerido que no haya límites
para la expresión; más bien, como veremos pronto, gran
parte del debate de los últimos siete decenios ha girado en
torno de dónde trazar la línea divisoria entre la
expresión protegida y la no protegida. El meollo del debate ha
sido la pregunta: "¿Por qué hemos de extender el
manto de la protección constitucional sobre este tipo
específico de expresión?". El único aspecto en
el que ha habido un consenso general es en cuanto a que la Cláusula
de Expresión, de la Primera Enmienda, además de todo lo
que abarca, protege también la expresión política.
Y lo hace porque, como bien lo entendieron Jefferson y Madison, la
sociedad democrática no puede existir sin libertad de
expresión política. El razonamiento en que se basa esta
opinión, el cual sigue siendo quizá la más
grande exposición de la libertad de expresión en la
historia de los Estados Unidos, es la opinión Louis D.
Brandeis en un caso referido a una ley estatal contra el libelo
sedicioso.
La
mayoría de los miembros de la Corte, usando la prueba del
peligro claro y presente, defendieron la legitimidad constitucional
de la ley de California sobre el libelo sedicioso porque, según
dijeron, el Estado está facultado para castigar a quien abuse
de su derecho a la expresión "al publicar cosas contrarias
al bienestar del público, que tiendan a incitar al crimen,
perturben la paz pública o pongan en peligro los fundamentos
del gobierno organizado y amenacen con derrocarlo". Igual que
Holmes, Brandeis no estuvo de acuerdo y al exponer su opinión
trazó las líneas que conectan la Primera Enmienda con
la democracia política y, de hecho, hizo de aquélla "la
condición indispensable" de otras libertades, como lo
escribió más tarde Cardozo. |
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Juez
Louis D. Brandeis en Whitney vs. California (1927)
Para
sacar conclusiones firmes en estos temas, debemos tener presente la
razón más común por la cual se le niega al
Estado la facultad de prohibir la divulgación de una doctrina
social, económica y política que la gran mayoría
de sus ciudadanos considera falsa y plagada de consecuencias
perversas.
Los
que conquistaron nuestra independencia estimaron que el fin último
del Estado es dar libertad a las personas para que desarrollen sus
facultades y que, en su gobierno, las fuerzas de liberación
debían prevalecer sobre lo arbitrario. Ellos valoraron la
libertad como medio y como fin. Consideraron que la libertad es el
secreto de la felicidad y que el valor es el secreto de la libertad.
Creían que la libertad de pensar como uno quiera y hablar como
le plazca son los medios indispensables para el descubrimiento y la
difusión de la verdad política; que sin la libertad de
expresión y de reunión, toda discusión es
inútil; que con ellas, la discusión cuenta de ordinario
con la protección adecuada para evitar la diseminación
de doctrinas perniciosas; que la mayor amenaza para la libertad es un
pueblo indolente; que la discusión pública es un deber
político; y que esto debe ser un principio fundamental del
gobierno de los Estados Unidos. Reconocieron los peligros a los que
están expuestas todas las instituciones humanas. Pero sabían
que el orden no se puede conseguir sólo por medio del temor o
el castigo a quien lo infrinja; que es peligroso desalentar el
pensamiento, la esperanza y la imaginación; que el miedo
engendra la represión; que la represión engendra el
odio; que el odio amenaza a un gobierno estable; que el sendero de la
seguridad pasa por la oportunidad de discutir con libertad los
supuestos agravios y los remedios propuestos; y que el remedio
apropiado para los malos consejos es el buen consejo. Como creían
en el poder de la razón que surge a través de la
discusión pública, evadieron el recurso del silencio
impuesto por ley: el argumento de la fuerza en su peor forma. Al
reconocer que el gobierno de la mayoría se vuelve tiranía
en ciertas ocasiones, enmendaron la Constitución para que la
libertad de expresión y la de reunión quedaran
garantizadas.
El
temor a un daño grave, por sí solo, no puede justificar
la supresión de las libertades de expresión y de
reunión. Los hombres temían a las brujas y quemaban
mujeres. La función de la expresión es librar a los
hombres de la esclavitud de los temores irracionales. Para justificar
la supresión de la libertad de expresión debe haber
bases razonables para temer que el ejercicio de ésta provocará
daños graves. Tiene que haber bases razonables para creer que
el peligro percibido es inminente. Tiene que haber bases razonables
para creer que el daño que se va a prevenir es grave....
Los
que conquistaron nuestra independencia por medio de la revolución
no eran cobardes. Ellos no temían al cambio político;
tampoco exaltaban el orden a costa de la libertad. Para los hombres
valerosos que creen en sí mismos y confían en el poder
del razonamiento libre y sin temores, ejercido mediante el proceso
del gobierno popular, ningún daño dimanado de la
palabra se puede considerar claro y presente, a menos que la
incidencia del daño percibido sea tan inminente que pueda
sobrevenir antes que haya oportunidad de discutirlo a fondo. Si hay
tiempo para exponer en una discusión la falsedad y las
falacias, para evitar el daño por medio de los procesos de
educación, el remedio por aplicar consiste en hablar más,
no en imponer el silencio. Sólo en una emergencia se puede
justificar la represión. Ésa debe ser la regla si la
autoridad desea reconciliarse con la libertad. En mi opinión,
ese es el mandato de la Constitución. Por lo tanto, los
estadounidenses siempre tienen ocasión de impugnar una ley que
coarte la libertad de expresión y de reunión,
demostrando que no existe una emergencia que la
justifique. |
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Para
Brandeis, el papel más importante en una democracia es el del
"ciudadano" y para cumplir con las responsabilidades de su papel,
éste debe participar en el debate público sobre los
asuntos significativos. Pero no lo podrá hacer si teme
expresarse y decir cosas impopulares; tampoco es posible que pondere
todas las opciones a menos que otras personas, con puntos de vista
diferentes, estén en libertad de expresar lo que piensan. Por
lo tanto, la libertad de expresión es la esencia del proceso
democrático.
Esta
verdad parece tan evidente que se podía inquirir por qué
nunca ha sido aceptada universalmente en los Estados Unidos; las
razones no son difíciles de hallar. Como Holmes y Brandeis lo
acotaron, se requiere valor cívico para defender ideas
impopulares; la mayoría rara vez desea oír ideas
contrarias a las opiniones aceptadas. La razón por la cual los
Forjadores redactaron la Primera Enmienda fue evitar que la mayoría
imponga el silencio a quien se oponga a ella. El principio de la
libertad de pensamiento, según el célebre texto de
Holmes, "no es dar libertad a quien piensa igual que nosotros, sino
respetar la libertad de tener pensamientos que nosotros detestamos".
Este
concepto no es sencillo y en tiempos de tensión, como la
guerra, a menudo es difícil permitir que quien ataca los
cimientos mismos de la democracia esgrima herramientas democráticas
en sus diatribas. Sin duda alguna, las enseñanzas que Holmes y
Brandeis trataban de impartir parecieron perderse en los primeros
años de la Guerra Fría. A fines de los años 40,
el gobierno enjuició a los líderes del Partido
Comunista de los Estados Unidos que recomendaron derrocar por la
fuerza al gobierno y conspiraron para difundir esa doctrina. La
mayoría de los miembros de la Corte Suprema de los EE.UU., que
desde los años 20 parecieron adoptar una visión de la
Primera Enmienda que protegía cada día más la
libertad de expresión, parecían contradecirse ahora.
Aun cuando admitían que los comunistas estadounidenses
implicaban muy poco como peligro claro y presente, la Corte dictaminó
que sus palabras representaban una "tendencia mala" que podía
ser subversiva para el orden social.
Así
como Holmes y Brandeis salieron a la defensa de los impopulares
socialistas de la generación anterior, ahora Hugo Black y
William O. Douglas tomaron sus lugares como defensores de la libertad
de expresión y protectores de los derechos de las
minorías. |
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Juez
William O. Douglas, discrepancia en Dennis vs. los Estados Unidos
(1951)
Llega
un momento en que hasta la libertad de expresión pierde su
inmunidad constitucional. La expresión que se considera inocua
un año, en otro momento puede esparcir llamas de destrucción
que es preciso contener para proteger la seguridad de la república.
Ese es el significado de la prueba basada en el peligro claro y
presente. Cuando las condiciones son tan críticas que no hay
tiempo para evitar el daño que la expresión amenaza
causar, es el momento de marcar el alto. Si no se hace así, la
libertad de expresión, que es la fortaleza de la nación,
será la causa de su destrucción. No obstante, la
libertad de expresión es la regla, no la excepción.
Para que una restricción sea constitucional, debe estar basada
en algo más que el temor, algo más que la oposición
apasionada contra un tipo de expresión, algo más que un
sublevado disgusto por su contenido. Tiene que existir la
probabilidad de que si se permite esa expresión, la sociedad
sufra un daño inmediato....
En
los Estados Unidos, [los comunistas] son miserables mercaderes de
ideas indeseables; su mercancía no encuentra compradores. Si
hemos de proceder sobre la base de la citación judicial, no es
posible decir que los comunistas de este país son tan
poderosos o que su despliegue es tan estratégico que sea
menester suprimir su libertad de expresión. Ésta es mi
opinión si vamos a actuar sobre la base de la citación
judicial. Sin embargo, la simple enunciación de las opiniones
contrarias indica la importancia de que nos enteremos de los hechos
antes de actuar. Ni el prejuicio, ni el odio, ni el miedo insensato
deben ser la base de este acto solemne. La libertad de expresión
no se debe sacrificar cuando no hay una prueba simple y objetiva de
que el peligro del daño invocado sea inminente. |
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Cuando
concluyó la histeria de la Guerra Fría, los
estadounidenses llegaron a apreciar la sabiduría de los
argumentos expuestos por Holmes y Brandeis, y más tarde por
Black y Douglas. El remedio contra la expresión de ideas
"malas" no es la represión, sino la expresión de
ideas "buenas", el desplazamiento de un conjunto de ideas por
otras. Es cierto que muchas cosas que en el mundo de hoy se considera
buenas y propias, en otra época fueron tachadas de heréticas,
como la abolición de la esclavitud o el reconocimiento del
derecho de voto de la mujer. A pesar de que la mayoría siempre
se sentirá incómoda con las ideas radicales que atacan
sus creencias favoritas, la política de la democracia
estadounidense, como asunto de derecho constitucional, es que la
libertad de expresión de las ideas, por muy impopulares que
sean, debe ser protegida. En 1969, la Corte dio por concluido al fin
todo el concepto del libelo sedicioso y la posibilidad de que la
gente sea sometida a juicio por defender ideas que la mayoría
condena como subversivas.
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* *
En
el clímax de la protesta contra la participación de los
Estados Unidos en Vietnam, muchos libertarios civiles se preguntaron
si el hecho de que este país estuviera en guerra desataría
una vez más a las fuerzas de la represión como ocurrió
en la Primera Guerra Mundial y durante la Guerra Fría. Para
sorpresa de muchos que esperaban lo peor, el país sorteó
con éxito las protestas. Esto no quiere decir que a todos los
estadounidenses les haya gustado lo que decían los
manifestantes, ni que no hubieran deseado que algunos de ellos fueran
acallados o aun encarcelados. El hecho fue que aceptaron la idea de
que, en una democracia, la gente tiene derecho de protestar (en forma
ruidosa y, en ciertos casos, de manera vulgar), pero que en el gran
debate que giraba en torno a si Estados Unidos debía estar en
el sudeste de Asia, todas las voces tenían que ser escuchadas.
Mary
Beth Tinker, de 13 años de edad, y otros estudiantes se
presentaron a la escuela de educación media de Des Moines,
Iowa, con bandas negras en el brazo como símbolo de su
oposición a la guerra en Vietnam, y las autoridades escolares
los suspendieron arguyendo que con eso perturbaban el proceso de
aprendizaje. De hecho, ninguna perturbación había
tenido lugar; más bien, a los directivos de la escuela les
preocupaba la respuesta de la ciudad si daban la impresión de
que en su plantel permitían las protestas contra la guerra.
En
uno de los casos más importantes generados por la guerra, la
Corte Suprema sostuvo que, en lo que se refiere a la expresión
política, los estudiantes no pierden sus derechos
constitucionales al trasponer la puerta de entrada a la escuela. Más
bien, si las escuelas son en verdad el centro donde se capacita a la
ciudadanía, entonces es necesario que se dé oportunidad
a los estudiantes de aprender que también ellos tienen derecho
de expresar opiniones políticas impopulares sin ser castigados
por las autoridades de la escuela. |
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Mary Beth Tinker
Éramos
un grupo de estudiantes con nuestras propias actividades... y
decidimos ir a la escuela luciendo una banda negra en el brazo. En
esa época [1965] el movimiento contra la Guerra de Vietnam
empezaba a cobrar fuerza. No era ni remotamente lo que llegaría
a ser más tarde, pero ya entonces había un buen número
de personas involucradas en todo el país. Recuerdo que fue muy
emocionante; todos se reunían en torno a esta gran idea. Yo
era muy joven, pero también podía participar y ser
importante. No era sólo para adultos y los chicos éramos
respetados: cuando teníamos algo que decir, la gente nos
escuchaba.
Fue
entonces cuando planeamos el pequeño detalle de ir a la
escuela con esas bandas en el brazo. Todo se puso en marcha y no
creímos que fuera a causar tal alboroto. No teníamos
idea de que se le fuera a dar tanta importancia, pues ya habíamos
hecho otras pequeñas demostraciones de ese tipo y no pasaba
gran cosa....
La víspera del día en que íbamos a usar las bandas
en el brazo ocurrió algo en mi clase de álgebra. El
maestro se enfadó mucho y dijo que si alguien de este grupo se
presentaba en la escuela con una banda en el brazo, él lo
sacaría a patadas de su clase. En seguida nos enteramos de que
la junta de educación adoptó esa política contra
el uso de bandas en el brazo.... Cualquier estudiante que usara una
banda en el brazo sería suspendido de la escuela.
Al
día siguiente fui a la escuela y lucí la banda en mi
brazo toda la mañana. Los compañeros hablaban del
asunto, pero siempre en plan amigable y nunca hostil. Luego fui a mi
clase de álgebra, después del almuerzo, y me senté.
El maestro llegó y todos empezaron a murmurar; no sabían
qué iba a pasar. De pronto, un tipo llegó hasta la
puerta del salón y dijo, Mary Tinker, se solicita tu presencia
en el área de recepción. Entonces me llevaron a la
oficina del director.... El director fue muy agresivo. Después
de eso me suspendieron.
[Reproducido
con autorización de The Free Press, una División de
Simon & Schuster Adult Publishing Group, tomado de THE COURAGE
OF THEIR CONVICTIONS por Peter Irons. Copyright
© 1988 por Peter Irons.] |
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Varios
años después, los opositores de la política
exterior de otra administración quemaron una bandera de los
Estados Unidos como protesta y fueron arrestados de inmediato.
Entonces decidieron llevar su defensa legal a la Corte Suprema, la cual
consideró que su acto había
sido reprobable, como lo creía la mayoría de los
estadounidenses, pero representaba un "discurso simbólico de
tipo político" y, como tal, estaba protegido por la Primera
Enmienda. La opinión más interesante en este caso fue
tal vez la de un miembro conservador de la Corte, Anthony Kennedy,
quien explicó por qué creía que ese tribunal
debía dejar en libertad a los que quemaron la bandera, aun
cuando él y muchos millones de estadounidenses consideraban
que su acto fue repugnante. |
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Juez
Anthony Kennedy, concordancia en Texas vs. Johnson
(1989)
El
hecho concreto es que a veces hay que tomar decisiones que no nos
agradan. Las tomamos porque son correctas, lo son en el sentido en
que la ley y la Constitución, tal como las interpretamos,
imponen ese resultado. Y nuestro compromiso con el proceso es tan
grande que, salvo en casos raros, no nos detenemos a expresar el
disgusto por el resultado, tal vez por temor a socavar un principio
que valoramos y que dicta tal decisión. Éste es uno de
esos casos raros....
Aun
cuando los símbolos son a menudo lo que nosotros hacemos de
ellos, la bandera es una expresión constante de las creencias
que comparten los estadounidenses, como la creencia en el derecho, en
la paz y en que la libertad sostiene al espíritu humano. El
caso que hoy nos ocupa nos obliga a reconocer los costos que nos
hemos comprometido a pagar por esas creencias. Es un hecho
conmovedor, pero fundamental, que la bandera protege también a
quienes la miran con desprecio. |
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Aun
cuando la decisión provocó gran revuelo, todo se acalló
con el tiempo cuando las voces del sentido común se empezaron
a oír. Y ninguna fue más conmovedora en su defensa de
la libertad de expresión que la de James H. Warner, quien fue
prisionero de guerra en Vietnam. |
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James H.
Warner, carta al Washington Post, 11 de julio de 1989
Cuando
salí del avión [después de ser liberado del
cautiverio en Vietnam], miré hacia arriba y vi la bandera,
Recobré el aliento y luego, con los ojos llenos de lágrimas,
la saludé. Nunca amé más a mi país que en
ese momento.... No puedo comprometer la libertad. Duele ver que
alguien quema la bandera, pero no estoy de acuerdo con los que
quieren castigar a quienes la quemaron....
Recuerdo que en un interrogatorio [a cargo de los norvietnamitas], me
mostraron la foto de un grupo de estadounidenses que al protestar por
la guerra quemaron una bandera. "Véalo", me dijo el
oficial. "La gente de su país protesta contra la causa que
usted defiende. Eso le demuestra que está equivocado".
"No",
le respondí. "Eso demuestra que tengo razón. En mi
país no le tenemos miedo a la libertad, aunque esto signifique
que la gente no esté de acuerdo con nosotros". El oficial se
puso de pie al instante con la cara amoratada de rabia. Golpeó
la mesa con el puño y ordenó a gritos que me callara.
Mientras él desbarraba, me asombró ver en sus ojos el
dolor, agravado por el miedo. Nunca olvidaré esa mirada ni
tampoco la satisfacción que sentí al usar en su contra
su propio recurso, la foto de la quema de la bandera....
No necesitamos enmendar la Constitución para castigar a los que
queman nuestra bandera. Queman la bandera
porque odian a los Estados Unidos y temen a la libertad. ¿Qué
mejor forma de lastimarlos que esgrimiendo la idea subversiva de la
libertad? Propagar la libertad.... No tener miedo a la libertad es la
mejor arma que poseemos. |
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La
lección que el juez Brandeis nos enseñó hace más
de 70 años ha dado fruto: la respuesta a la expresión
de ideas malas es más expresión para que la gente pueda
aprender, debatir y escoger.
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Si
la gente en general acepta la idea de una expresión política
sin trabas, ¿qué pasa con las demás formas de
expresión? ¿La prohibición de la Primera
Enmienda es absoluta, como argumentó el juez Hugo Black
(acerca de la Corte entre 1937 y 1971), por lo cual el gobierno no
puede censurar ni castigar ninguna forma de expresión? ¿O
ciertos tipos de expresión quedan fuera de la esfera de
protección de la Cláusula de Expresión? ¿Los
escritores, los artistas o la gente de negocios, los que protestan o
tienen prejuicios o los que escriben en la Internet pueden invocar la
protección de la Constitución para decir cualquier cosa, no
importa cuán ofensiva o
perturbadora sea? No existen respuestas sencillas para estas
preguntas. No hay un consenso público ni tampoco fallos
definitivos de la Corte Suprema en todos los
rubros de la expresión. Al cambiar los sentimientos del
público, a medida que Estados Unidos se convierte en una
sociedad más diversa y abierta, y conforme la nueva tecnología
permea todos los aspectos de la vida del país, el significado
de la Primera Enmienda parece estar de nuevo en transformación,
como lo ha estado a menudo en el pasado, sobre todo en lo relativo a
la expresión no política.
A
principios de los años 40, la Corte Suprema anunció en
términos muy tajantes que la Primera Enmienda no protegía
la expresión obscena o el libelo, las palabras belicosas o los
mensajes comerciales. Sin embargo, en los últimos decenios se
ha ocupado de todas estas cuestiones y, aun cuando no les ha
concedido una protección total, ha incluido sin duda muchos de
sus aspectos bajo la protección de la Cláusula de
Expresión. Esas resoluciones no han estado exentas de críticas
y se puede decir con certeza que así como en la Corte ha
habido controversias sobre esos temas, también en la esfera de
la opinión pública ha habido confusión y
desacuerdo. Una vez más, las cosas ocurren como debieran. La
Corte Suprema no puede pronunciar sus dictámenes legales y
esperar simplemente que la gente obedezca. Más bien, ese
tribunal refleja con frecuencia los cambios en las costumbres
sociales y políticas; al tiempo que tratan de descubrir cuál
pudo haber sido la intención original de los Forjadores, los
jueces deben aplicar el espíritu de esa intención
a los hechos de la vida moderna. A veces eso es más o
menos fácil de hacer, pero incluso cuando la Corte rinde un
veredicto difícil y controvertido, como en el caso de la quema
de la bandera, es menester que el público entienda en cierta
medida por qué fue necesario tomar esa decisión y cómo
encaja ésta en el vasto mosaico de la vida contemporánea.
La
pregunta difícil para la Corte y para el pueblo es dónde
se debe trazar la línea divisoria entre la expresión
protegida y la no protegida. En algunos rubros, como la obscenidad,
el esfuerzo por trazar una distinción legal no ha atraído
el apoyo del público porque la obscenidad misma no es un tema
objetivo o fácil de definir. Como lo ha expuesto la Corte, lo
que para un hombre es obsceno para otro es lírico; lo que
ofende a una persona puede no ofender a otra. ¿Pero es ése
el tipo de material que se intentó proteger con la Primera
Enmienda? ¿Acaso la expresión artística, sobre
todo cuando va en contra de las actuales normas estéticas o
morales, es el tipo de expresión que los Forjadores intentaron
proteger con la Primera Enmienda?
En
forma similar, ha habido un debate en los Estados Unidos por más
de dos decenios sobre el presunto efecto corrosivo del dinero en el
proceso electoral. Se han hecho esfuerzos para controlar el modo en
que se recaudan y se gastan los fondos destinados a las campañas
electorales, y se ha tratado de imponer límites al monto que
cada partidario puede aportar. Hace algunos años, la Corte
Suprema sostuvo que, en cierto modo, el dinero es una forma de
expresión y cuando se usa para reforzar la expresión de
ideas políticas no puede ser controlado. Aquí
encontramos otra esfera en la que no está claro qué tan
lejos se puede llevar el concepto de la libertad de expresión
sin provocar un choque frontal con otros conceptos de la democracia
igualmente apreciados, como el de las elecciones libres.
La
tarea más intimidante que el pueblo y el sistema judicial de
los Estados Unidos encaran es tal vez la de determinar cómo se
aplicará la Primera Enmienda a la nueva tecnología
electrónica. ¿Es la Internet otro ejemplo del mercado
de las ideas descrito por el juez Holmes? ¿Se volverá
irrelevante la Primera Enmienda por la probabilidad de que algún
día todos los hogares del mundo tengan acceso al material que
se halla en la Internet y cada individuo tenga oportunidad de
conectarse a ella para decir al mundo entero todo lo que le plazca?
TÉstas
y otras preguntas siguen siendo tema de debate en los Estados Unidos,
ya sea en los tribunales, en audiencias del Congreso, en comisiones
presidenciales, en universidades, en foros públicos y en los
hogares. Entre los derechos del pueblo, ninguno es tan preciado como
la libertad de expresión, ni tampoco tan susceptible a los
cambios de opinión. Sin embargo, la mayoría de los
estadounidenses reconocen que, como dijo el juez Brandeis, para
cumplir con sus responsabilidades, los ciudadanos deben tener
oportunidad no sólo de proponer opiniones impopulares, sino
también de oír a otros que expresen sus creencias, para
que al final el proceso democrático pueda funcionar. Y aun
cuando la gente no siempre se siente cómoda con esta idea,
admite la verdad expuesta por el juez Holmes cuando dijo que la
Primera Enmienda no es sólo para proteger la expresión
de ideas con las que estamos de acuerdo, sino también las que
nos resultan detestables.
Lecturas complementarias:
Lee C. Bollinger & Geoffrey R. Stone, Eternally Vigilant: Free Speech
in the Modern Era (Chicago: University of Chicago Press, 2002).
Zechariah Chafee, Jr., Free Speech in the United States
(Cambridge: Harvard University Press, 1941).
Michael Kent Curtis, Free Speech: The People's Darling Privilege
(Durham: Duke University Press, 2000).
Harry Kalven, A Worthy Tradition: Freedom of Speech in America
(New York: Harper & Row, 1988).
Cass R. Sunstein, Democracy and the Problem of Free Speech (New
York: The Free Press, 1993).
Capítulo 4: La
libertad de prensa »
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